Autor Tema: esto no es ilegal?  (Leído 14871 veces)

Desconectado jorgen

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Re:esto no es ilegal?
« Respuesta #20 en: Octubre 17, 2012, 22:48:53 pm »
no creo que sea ilegal, lo ilegal seria vender el auto y decir que tiene un km mas bajo que el que realmente tiene
si fuera por eso no se podria vender un auto con el odometro malo ya que no sabes que km tiene

hay autos que almacenan el km en el tablero y no en la ecu, el renault megane 2 es asi, si cambio el tablero quedo con el km del tablero nuevo, hace unos años lei que a alguien le cambiaron el tablero de un renault por garantia y derco no le cambio el km por el que tenia

yo queria cambiar el tablero del megane por uno con los aros cromados y que marcara cada puerta independiente cuando se abra, pero tendria que modificarle el km y ponerle el de mi auto,  al final es un tremendo cacho asi que no lo hice, en ebay hay tableros a buen precio pero como son de desarmaduria siempre colocan en el anuncio que no saben el km


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Re:esto no es ilegal?
« Respuesta #21 en: Octubre 17, 2012, 22:54:37 pm »
no creo que sea ilegal, lo ilegal seria vender el auto y decir que tiene un km mas bajo que el que realmente tiene
si fuera por eso no se podria vender un auto con el odometro malo ya que no sabes que km tiene

hay autos que almacenan el km en el tablero y no en la ecu, el renault megane 2 es asi, si cambio el tablero quedo con el km del tablero nuevo, hace unos años lei que a alguien le cambiaron el tablero de un renault por garantia y derco no le cambio el km por el que tenia

yo queria cambiar el tablero del megane por uno con los aros cromados y que marcara cada puerta independiente cuando se abra, pero tendria que modificarle el km y ponerle el de mi auto,  al final es un tremendo cacho asi que no lo hice, en ebay hay tableros a buen precio pero como son de desarmaduria siempre colocan en el anuncio que no saben el km

tablero fase II en un face I? mmm difícil supongo!!! la lata es que la retroiluminación del fase II es blanca y la del tuyo es ámbar!

yo tengo el tablero que dices tú  :uy: y es bastante más bonito que el del fase I, en todo caso cambiale el tablero y después se lo llevas a este tipejo a cambiarle el KM  :paranoico:
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Desconectado Andrés

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Re:esto no es ilegal?
« Respuesta #22 en: Octubre 17, 2012, 23:03:39 pm »
Insisto, es un ilícito civil y con una buena querella puede ser enmarcado dentro de un tipo residual de estafa en contra del vendedor.


Acá hay un caso en que el comprador se fue por la vía civil por infracción a la ley del consumidor y la automotora fue condenada:

http://economia.terra.cl/noticias/noticia.aspx?idNoticia=201009201100_INV_79286512

Actualmente está en trámite un proyecto de ley que  "Establece la obligatoriedad de inspeccionar el kilometraje de un automóvil en el procedimiento de revisión técnica, sancionando su adulteración":

http://sil.senado.cl/cgi-bin/index_eleg.pl?7565-15

Desconectado jorgen

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Re:esto no es ilegal?
« Respuesta #23 en: Octubre 17, 2012, 23:04:41 pm »
Citar
ablero fase II en un face I? mmm difícil supongo!!! la lata es que la retroiluminación del fase II es blanca y la del tuyo es ámbar!

yo tengo el tablero que dices tú  :uy: y es bastante más bonito que el del fase I, en todo caso cambiale el tablero y después se lo llevas a este tipejo a cambiarle el KM 

no le queria poner el del fase 2, si no que el del fase 1 pero de las versiones mas equipadas, esos vienen con los aros cromados y el indicador de las puertas independientes.
vi que vendian los puros aros cromados, pero no hacen envios a chile
el del fase 2, es de otro color y quedaria medio raro el interior del auto


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Re:esto no es ilegal?
« Respuesta #24 en: Octubre 17, 2012, 23:05:35 pm »
y no le puedes cambiar sólo los aros ?
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Re:esto no es ilegal?
« Respuesta #25 en: Octubre 17, 2012, 23:06:24 pm »
Uff, duro el hombre. Seguro el kilometraje se adultera para que el auto se vea más bonito?, obvio que para venderlo obteniendo un mejor precio y engañando al comprador, que pudo haber comprado el auto a precio menor o derechamente haber descartado el auto debido al kilometraje.
a ver, parece que el duro es otro.....
sabías que se intentó hacer una campaña contra esto acá mismo en conduce y no pasó nada???

y sabes por qué??


eeeeeso... porque NO ES ILEGAL

si tu crees que el kilometraje se modifica sólo para ilegalidades, no me imagino lo que sucede con quien compra un reloj nuevo sin uso para su auto... imagínate... se vería cero kilómetros.......


osea que si desabollo un auto, también es ilegal, ya que estoy escondiendo el choque.....

la actividad es legal, se le da un uso ilegal

ilegal sería que lo hiciera una automotora, para derechamente sacar provecho, pero eso se debe probar....

acá se habla de estafa por cualquier estupidez, probar el dolo es otra cosa

si se me corta la piola o me falla el tablero... que delito cometo???

que ley dice que es ilegal??? adulterar kilometraje??

Podrías querellarte, tal vez te haces famoso....

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Re:esto no es ilegal?
« Respuesta #26 en: Octubre 17, 2012, 23:07:57 pm »
Citar
y no le puedes cambiar sólo los aros ?

al parecer si se puede, ya que vendian solo los aros, pero no se si vendra como repuesto o se lo habian sacado a un tablero, pero lo vendian asi que lo mas probable es que se pueda.

pero solo he visto uno a la venta, por eso me queda a la duda
« Última modificación: Octubre 17, 2012, 23:11:53 pm por jorgen »


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Desconectado Andrés

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Re:esto no es ilegal?
« Respuesta #27 en: Octubre 17, 2012, 23:11:23 pm »
Amigo Publitv, sus ejemplos no sirven, pues no hay dolo, por ende, obviamente no hay delito de estafa residual, entiende?

Acá el texto aprobado por la cámara y enviado al senado:

PROYECTO DE LEY:
   



"Artículo único.- Modifícase el decreto con fuerza de ley N°1, de 2009, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°18.290, de Tránsito, de la siguiente forma:



1.- Agrega, en  el artículo 39, el siguiente inciso final:
"Tratándose de la compraventa de vehículos motorizados, el vendedor estará obligado a señalar de manera fidedigna, al momento de la inscripción, el kilometraje del vehículo respectivo y la fecha de la última transferencia. Sin este esencial requisito la inscripción a que se refieren los incisos anteriores será rechazada de plano.".

2.- En el inciso cuarto del artículo 53, reemplázase en el numeral 5 la expresión ",y", por un punto y coma (;); sustitúyese  el punto aparte (.) del numeral 6 por una coma (,) seguida de la conjunción copulativa "y", y agrégase el siguiente numeral 7:

"7. El kilometraje que registra el dispositivo, instrumento de medición de distancia u odómetro.".

3.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 89:

a) En el inciso segundo, sustitúyese la conjunción copulativa "y" entre las expresiones  "neumáticos" y "combustión interna" por una coma (,) y agrégase  a continuación de esta última expresión la siguiente: "y kilometraje".


b) Incorpórase el siguiente inciso cuarto:
"Si del examen realizado en la revisión técnica correspondiente se detectara la adulteración del kilometraje del vehículo, se considerará una infracción gravísima de conformidad al artículo 199.".".

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Re:esto no es ilegal?
« Respuesta #28 en: Octubre 17, 2012, 23:15:22 pm »
duda... si desabollo un choque, cómo se considera??, porque estaría también ocultando voluntariamente un abollón que disminuye el precio del auto o no??

Según entiendo solo sería vicio si se está tratando de esconder un mal arreglo. Ahora si el vendedor te dice que el auto "no tiene choques" eso es distinto, pero me parece debería demostrarse que el bien vale menos en las condiciones reales que las que se pagó por el. Las condiciones (leer especialmente 1 2 3)



Código Civil. Libro IV. De las obligaciones en general y de los contratos. Título XXIII De la compraventa.

8. Del saneamiento por vicios redhibitorios
   
   Art. 1857. Se llama acción redhibitoria la que tiene el comprador para que se rescinda la venta o se rebaje proporcionalmente el precio por los vicios ocultos de la cosa vendida, raíz o mueble, llamados redhibitorios.
   
   Art. 1858. Son vicios redhibitorios los que reúnen las calidades siguientes:
   1.ª Haber existido al tiempo de la venta;
   2.ª Ser tales, que por ellos la cosa vendida no sirva para su uso natural, o sólo sirva imperfectamente, de manera que sea de presumir que conociéndolos el comprador no la hubiera comprado o la hubiera comprado a mucho menos precio;
   3.ª No haberlos manifestado el vendedor, y ser tales que el comprador haya podido ignorarlos sin negligencia grave de su parte, o tales que el comprador no haya podido fácilmente conocerlos en razón de su profesión u oficio.
   
   Art. 1859. Si se ha estipulado que el vendedor no estuviese obligado al saneamiento por los vicios ocultos de la cosa, estará sin embargo obligado a sanear aquellos de que tuvo conocimiento y de que no dio noticia al comprador.
   
   Art. 1860. Los vicios redhibitorios dan derecho al comprador para exigir o la rescisión de la venta o la rebaja del precio, según mejor le pareciere.
   
   Art. 1861. Si el vendedor conocía los vicios y no los declaró, o si los vicios eran tales que el vendedor haya debido conocerlos por razón de su profesión u oficio, será obligado, no sólo a la restitución o la rebaja del precio, sino a la indemnización de perjuicios; pero si el vendedor no conocía los vicios ni eran tales que por su profesión u oficio debiera conocerlos, sólo será obligado a la restitución o la rebaja del precio.
   
   Art. 1862. Si la cosa viciosa ha perecido después de perfeccionado el contrato de venta, no por eso perderá el comprador el derecho que hubiere tenido a la rebaja del precio, aunque la cosa haya perecido en su poder y por su culpa.
   Pero si ha perecido por un efecto del vicio inherente a ella, se seguirán las reglas del artículo precedente.
   
   Art. 1863. Las partes pueden por el contrato hacer redhibitorios los vicios que naturalmente no lo son.
   
   Art. 1864. Vendiéndose dos o más cosas juntamente, sea que se haya ajustado un precio por el conjunto o por cada una de ellas, sólo habrá lugar a la acción redhibitoria por la cosa viciosa y no por el conjunto; a menos que aparezca que no se habría comprado el conjunto sin esa cosa; como cuando se compra un tiro, yunta o pareja de animales, o un juego de muebles.
   
   Art. 1865. La acción redhibitoria no tiene lugar en las ventas forzadas hechas por autoridad de la justicia. Pero si el vendedor, no pudiendo o no debiendo ignorar los vicios de la cosa vendida, no los hubiere declarado a petición del comprador, habrá lugar a la acción redhibitoria y a la indemnización de perjuicios.
   
   Art. 1866. La acción redhibitoria durará seis meses respecto de las cosas muebles y un año respecto de los bienes raíces, en todos los casos en que leyes especiales o las estipulaciones de los contratantes no hubieren ampliado o restringido este plazo. El tiempo se contará desde la entrega real.
   
   Art. 1867. Habiendo prescrito la acción redhibitoria, tendrá todavía derecho el comprador para pedir la rebaja del precio y la indemnización de perjuicios según las reglas precedentes.
   
   Art. 1868. Si los vicios ocultos no son de la importancia que se expresa en el número 2.º del artículo 1858, no tendrá derecho el comprador para la rescisión de la venta sino sólo para la rebaja del precio.
   
   Art. 1869. La acción para pedir rebaja del precio, sea en el caso del artículo 1858, o en el del artículo 1868, prescribe en un año para los bienes muebles y en dieciocho meses para los bienes raíces.
   
   Art. 1870. Si la compra se ha hecho para remitir la cosa a lugar distante, la acción de rebaja del precio prescribirá en un año contado desde la entrega al consignatario, con más el término de emplazamiento, que corresponda a la distancia.
   Pero será necesario que el comprador en el tiempo intermedio entre la venta y la remesa haya podido ignorar el vicio de la cosa, sin negligencia de su parte.

Desconectado jorgen

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Re:esto no es ilegal?
« Respuesta #29 en: Octubre 17, 2012, 23:17:24 pm »
alguien podria adulterar el km de su auto y no venderlo nunca, eso no es ilegal

los que adulteran km para estafar tienen que ser perseguidos,
fijandose en algunos detalles (desgaste de pedales, desgaste de volante y pomo, desgante de los asientos, etc) uno puede darse cuenta cuando un km es mas falso que la cresta,
pero muchas personal no se fijan en esas cosas, si a eso le sumamos que los estafadores se las saben por libro y saben a quien engañar y a quien no.


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Re:esto no es ilegal?
« Respuesta #30 en: Octubre 17, 2012, 23:27:26 pm »
que descarado el de la mitsubishi...


 :-[

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Re:esto no es ilegal?
« Respuesta #31 en: Octubre 17, 2012, 23:43:03 pm »
alguien podria adulterar el km de su auto y no venderlo nunca, eso no es ilegal

los que adulteran km para estafar tienen que ser perseguidos,
fijandose en algunos detalles (desgaste de pedales, desgaste de volante y pomo, desgante de los asientos, etc) uno puede darse cuenta cuando un km es mas falso que la cresta,
pero muchas personal no se fijan en esas cosas, si a eso le sumamos que los estafadores se las saben por libro y saben a quien engañar y a quien no.


cambiar las gomas de los pedales lo haces con 3 lucas, el pomo igual aunque no es necesario porque autos con 200 mil kms tienen el pomo igual que nuevo, a los chinitos se les desgasta mas rapido.
por eso es fácil estafar a los compradores, porque algunos se creen pillos mirando solo web_adas muy simples que los vendedores saben que vas a mirar y ya las enchularon para pasar piola.

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Re:esto no es ilegal?
« Respuesta #32 en: Octubre 17, 2012, 23:59:00 pm »
Amigo Publitv, sus ejemplos no sirven, pues no hay dolo, por ende, obviamente no hay delito de estafa residual, entiende?



exacto, y ahi esta lo dificil, probar el dolo

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Re:esto no es ilegal?
« Respuesta #33 en: Octubre 18, 2012, 00:18:40 am »
en todo caso haciendole un scanner al auto arroja el kilometraje real, en TODOS los autos con odometro digital pasa, en los Megane II, el kilometraje se guarda en el tablero (adulterable), en la ECU y EN LA TARJETA que funciona como llave, por eso es fácil, asi que si dudan de un auto que quieren comprar, haganle un scaner y listo!
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Re:esto no es ilegal?
« Respuesta #34 en: Octubre 18, 2012, 00:19:42 am »
exacto, y ahi esta lo dificil, probar el dolo

Pero es que el dolo esta implicito al momento de vender el auto con kilometraje adulterado, ya que no creo que el auto "solito" se bajo el kilometraje sin que el dueño se diera cuenta....... o sea, al bajar el kilometraje existio la intencion de hacerlo y si se hizo previo a la venta, es facil demostrar que el resultado seria un beneficio economico para el vendedor y un perjuicio para el comprador

........ ojo, no soy abogado, pero es lo que puedo decir solo usando sentido comun y conociendo un poco lo que es el dolo (fue pregunta del examen de grado de mi hermana.... yo la acompañe a darlo...jejeje), por lo mismo puede que no sea correcto lo que expuse.

SALUDOS
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Re:esto no es ilegal?
« Respuesta #35 en: Octubre 18, 2012, 06:52:48 am »
Insisto, es un ilícito civil y con una buena querella puede ser enmarcado dentro de un tipo residual de estafa en contra del vendedor.


Acá hay un caso en que el comprador se fue por la vía civil por infracción a la ley del consumidor y la automotora fue condenada:

http://economia.terra.cl/noticias/noticia.aspx?idNoticia=201009201100_INV_79286512

Actualmente está en trámite un proyecto de ley que  "Establece la obligatoriedad de inspeccionar el kilometraje de un automóvil en el procedimiento de revisión técnica, sancionando su adulteración":

http://sil.senado.cl/cgi-bin/index_eleg.pl?7565-15


Osea DELITO no es, a lo mas una falta y en casos bien específicos, entre particulares lo veo muy dificil por que los autos "se venden en el estado en que se encuentran" y es responsabilidad del comprador revisarlos.

El proyecto de ley esta en trámite pero hasta ahora no es delito. Sería solo una infracción a la Ley del Consumidor a lo mucho y siempre y cuando le compres un auto adulterado a una automotora, pero si es entre particulares no aplica esta ley.

Lamentablemente esto en Chile es "legal" pero inmoral.

Saludos.
« Última modificación: Octubre 18, 2012, 07:57:29 am por FELHER »

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Re:esto no es ilegal?
« Respuesta #36 en: Octubre 18, 2012, 22:39:23 pm »
Mientras no se venda el auto adulterado, usando dicha adulteración como medio o razón para la misma, no hay delito. Es decir, como siempre, todo se reduce a la prueba del dolo.

Como ejemplo, nosotros en el Megane I que tuvimos hace algunos años tuvimos que cambiar tablero porque se quedó pegado (marcaba 120 km/h constante... en el estacionamiento con el auto apagado  :plaf:) y al cambiarlo bajó de 20.000 km a 14.000 km, pero esa reducción no fue realizada con el fin de vender el auto, sino que fue a consecuencia de una reparación.

Derrepente, si se maniobra bien el concepto, podría alegarse un vicio redhibitorio. Al menos cuesta menos probar eso a probar una estafa.
No importa la cantidad, ni la fuerza que las mueva... tan solo importa que las ruedas no dejen de girar.

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Re:esto no es ilegal?
« Respuesta #37 en: Octubre 18, 2012, 22:58:00 pm »
Mientras no se venda el auto adulterado, usando dicha adulteración como medio o razón para la misma, no hay delito. Es decir, como siempre, todo se reduce a la prueba del dolo.

Como ejemplo, nosotros en el Megane I que tuvimos hace algunos años tuvimos que cambiar tablero porque se quedó pegado (marcaba 120 km/h constante... en el estacionamiento con el auto apagado  :plaf:) y al cambiarlo bajó de 20.000 km a 14.000 km, pero esa reducción no fue realizada con el fin de vender el auto, sino que fue a consecuencia de una reparación.

Derrepente, si se maniobra bien el concepto, podría alegarse un vicio redhibitorio. Al menos cuesta menos probar eso a probar una estafa.

los autos traen un librito en el cual viene una página para registrar el cambio de tablero, anotar el km que tenia el que sale y el que entra. obviamente no es obligacion registrar ni entregar el librito.

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Re:esto no es ilegal?
« Respuesta #38 en: Octubre 19, 2012, 07:29:57 am »
El odómetro es sólo un indicador, no tiene ninguna trascendencia legal como el numero de motor o chasis.

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Re:esto no es ilegal?
« Respuesta #39 en: Octubre 19, 2012, 08:12:30 am »
El odómetro es sólo un indicador, no tiene ninguna trascendencia legal como el numero de motor o chasis.

ECOLE..¡¡

Hasta el dia de hoy esto no es delito, no está en el código penal.

Mientras no exista una ley, estamos en el limbo.

Saludos.

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