No se pueden cambiar motor a vehículos posteriores del año 1992, (entiéndase cambios de bencinero a diesel) copio y pego respuesta de otro foro.
No existe una normativa que autorice el cambio de motor propiamente tal. Lo que existe es una normativa, el decreto 211, que establece los niveles de emisión para vehículos livianos. Esta norma estipula que los vehículos que circulan en el país deben cumplir ciertos niveles de emisión, los cuales son medidos para cada modelo y marca de automóvil, cuando se solicita su autorización para circular por el país. En ese sentido, la norma establece que en caso de cambiar el motor, todos los vehículos inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados a partir del 1 de septiembre de 1992, sólo podrán cambiarlo por uno de similares características al original, que deberá ser homologado y certificado por el Representante oficial de la marca del vehículo en Chile. De ello se desprende, entonces que no puede cambiarse el motor bencinero por uno petrolero en todos aquellos vehículos posteriores al 1/9/1992. Si se realiza este cambio, el vehículo no puede certificar que cumple las normas de emisión que permitieron su circulación en Chile, y por lo tanto, pierde el sello verde.