Autor Tema: ¿te pueden pasar un parte si estacionas en...  (Leído 15368 veces)

Desconectado The South Face

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¿te pueden pasar un parte si estacionas en...
« en: Diciembre 19, 2011, 11:59:05 am »
un estacionamiento????

Pregunto porque según la ley de tránsito una solera, cuneta o como quieran llamarle, pintada amarilla es sinónimo de prohibido estacionar, así se demarca la zona de exclusión de estacionamientos también, peeeero en el mall arauco de maipú toda la zona de estacionamientos fue pintada de amarillo!!!!! todas las soleras amarillitas, no creo que un cop te pase un parte ahí, pero de poder, legalmente hablando, pueden (ojo, que en un lugar privado de acceso público rigen las mismas leyes de tránsito).

Conectado Patagonia

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Re:¿te pueden pasar un parte si estacionas en...
« Respuesta #1 en: Diciembre 19, 2011, 12:04:20 pm »
Las señales de tránsito solo las puede poner la autoridad después de una resolución autorizándola, dudo que el pintado amarillo que hicieron tenga validez legal.

saludos

Desconectado pipe_5

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Re:¿te pueden pasar un parte si estacionas en...
« Respuesta #2 en: Diciembre 19, 2011, 12:08:54 pm »
Si está todo pintado de amarillo, pero como dicen, las señales de tránsito dentro de un mall son del mall propiamente tal y no se rigen por la ley.

Al menos eso me lo dijo el cop cuando choqué, y posteriormente la jueza también me dijo lo mismo. Por ejemplo en una esquina de estacionamiento si hay un ceda el paso y hay un choque en esa esquina, el juez aplica el crtierio de cruce sin señalización, por lo tanto quien queda como responsable del choque es quien se aproxima al cruce por la izquierda del otro vehículo...  :ouch2: :ouch2:

OT: ayer estaba la cagada en los estacionamientos del maldito arauco maipu... yo estaciono en subterraneo y estaba llenísimo, tuve que salir en la tarde, perdiendo mi lugar favorito del -1, y cuando volví, como 10 minutos esperando lugar en el -2, finalmente quedé a la chuuucha, y había mucho auto estacionado en zonas NO habilitadas como estacionamiento


Dos franceses, un Ruso,un Japo y un Chino, y faltó la foto del Indio maruti :)

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Re:¿te pueden pasar un parte si estacionas en...
« Respuesta #3 en: Diciembre 19, 2011, 12:09:21 pm »
Las señales de tránsito solo las puede poner la autoridad después de una resolución autorizándola, dudo que el pintado amarillo que hicieron tenga validez legal.

saludos


pero el cop al ver pintado amarillo tiene el deber y la obligación de notificar la infracción y el juez es el que debería decidir si procede o no a cursar la multa, en este caso el juez debería sancionar al mall por la mala señalización o pintado que induce a error.
Y como los inspectores municipales están facultados a cursar estos partes, tratándose de Maipú que son ultra sinverguenzas (menos que estación central en todo caso) no me extrañaría algún partecito.

Desconectado The South Face

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Re:¿te pueden pasar un parte si estacionas en...
« Respuesta #4 en: Diciembre 19, 2011, 12:12:14 pm »
Citar
Si está todo pintado de amarillo, pero como dicen, las señales de tránsito dentro de un mall son del mall propiamente tal y no se rigen por la ley.

en el plaza oeste ví una vez un cop pasando un parte a un vehículo que no respetó la señalización, el el parque arauco un cop pasando parte a un auto estacionado en lougar reservado para minusválidos y en las noticias ha salido mas d euna vez que la señalización dentro de un estacionamiento de mall o supermercado tiene la misma validez que una señalización fuera de ese recinto.

Desconectado pipe_5

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Re:¿te pueden pasar un parte si estacionas en...
« Respuesta #5 en: Diciembre 19, 2011, 12:13:16 pm »
No se, yo no he visto nada de eso, hablo de lo que me comentó una jueza en un caso específico.


Dos franceses, un Ruso,un Japo y un Chino, y faltó la foto del Indio maruti :)

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Re:¿te pueden pasar un parte si estacionas en...
« Respuesta #6 en: Diciembre 19, 2011, 13:56:56 pm »
No se, yo no he visto nada de eso, hablo de lo que me comentó una jueza en un caso específico.
Pipe, creo que la jueza está en un tremendo error, pues la ley de tránsito se aplica también a los lugares privados con libre acceso de público.

Sobre la demarcación, al estar en un sitio privado, es el propietario del terreno quien define la demarcación y su materialidad. Obviamente la demarcación propuesta debe ser clara y no conducente a errores, ya que en caso de que exista un accidente por mala o deficiente demarcación, se puede demandar al responsable de ésta, en este caso el propietario del centro comercial/edificio/etc....

Volviendo al tema, ese error sucede porque, tal como indiqué arriba, el propietario del centro comercial es quien decide la señalización de su recinto. Si bien un carabinero podría cursar la infracción (en caso que exista), todos los afectados podrían demandar al centro comercial por la señalización inconsistente.

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Re:¿te pueden pasar un parte si estacionas en...
« Respuesta #7 en: Diciembre 19, 2011, 14:03:25 pm »
El propietario puede pedir la "legalización" de su señalización (que la autoridad verá si otorga o no) por esto podría ser legal un estacionamiento para discapacitados y motivo de parte el usarlo por ejemplo...pero en terminos generales no es así y nadie puede poner la señal que se le antoje, sería la ley de la selva!

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Re:¿te pueden pasar un parte si estacionas en...
« Respuesta #8 en: Diciembre 19, 2011, 14:20:01 pm »
El propietario puede pedir la "legalización" de su señalización (que la autoridad verá si otorga o no) por esto podría ser legal un estacionamiento para discapacitados y motivo de parte el usarlo por ejemplo...pero en terminos generales no es así y nadie puede poner la señal que se le antoje, sería la ley de la selva!
Dentro de tu recinto puedes colocar cualquier señal. Obviamente la lógica indica que el inversionista que construye un (por ejemplo) supermercado le interesa que vaya gente a comprar y sus estacionamientos (con todo lo que implica, demarcación, señalización, iluminación, etc) sean un buen gancho, por lo que no van a colocar cualquier tontera.

De hecho, si tu proyecto se emplaza en una vía que no pertenece a la Red Vial Básica de la comuna y cumple además con otras características, no es necesario que entre a la Ventanilla Única de la Seremi de Transportes, por lo que en ese caso se envía solo un estudio de accesos a la DT de la comuna. Por ley, ese antecedente es necesario para la recepción final del edificio, y solo busca que los accesos al predio cumplan con ciertas características geométricas y de distanciamiento. Es decir, en ese caso la revisión del estudio se hace cuando el proyecto está casi listo para abrir y la DT no tiene injerencia en el interior. Solo puede comentar, pero no obligar.

En la empresa donde trabajo, hacemos proyectos para una cadena de retail y son bien exigentes de los circuitos interiores, les interesa que las demarcaciones y señales al interior de sus proyectos sea lo más clara y amistosa posible, no aceptan propuestas "tontas", por decirlo de alguna forma. Además, hemos trabajado con otras cadenas de las grandes y todas tienen practicamente los mismos requerimientos, porque saben que si tienen buenos estacionamientos, tienen buenos clientes.

Conectado Patagonia

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Re:¿te pueden pasar un parte si estacionas en...
« Respuesta #9 en: Diciembre 19, 2011, 14:25:03 pm »
De acuerdo, pero el tema es que para ley del tránsito son letra muerta a menos que se haga el trámite de legalización (que no tiene nada que ver con la recepción municipal) y la autoridad los valide, como cualquier otra señal de tránsito.


Desconectado exemos

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Re:¿te pueden pasar un parte si estacionas en...
« Respuesta #10 en: Diciembre 19, 2011, 15:00:43 pm »
Es que es justamente esa instancia que tú comentas la que no existe. No existe la figura de validar o aprobar una señalización al interior de un recinto privado (aunque sea de uso público).

Por otra parte, la ley de tránsito dice que se aplica "en lo que fueren compatibles, en aparcamientos y edificios de estacionamientos y demás lugares de acceso público".

En resumen, una señal dentro de un recinto privado con acceso público es válida para la ley de tránsito.
Otra cosa es que no se fiscalice al interior de éstos.

Conectado Patagonia

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Re:¿te pueden pasar un parte si estacionas en...
« Respuesta #11 en: Diciembre 19, 2011, 15:23:22 pm »
Nop, un particular no puede instalar señalética pública, cualquier señal que instale no tiene validez legal y solo tiene carácter referencial. 

Solo hay 2 entidades que están autorizadas legalmente: dirección de tránsito de la municipalidad y Vialidad según de cual de las 2 depende el sector en que se quiera instalar (en este caso municipalidad)   Un particular solo puede puedes solicitar la instalación de la señalética, se hace una inspección técnica y a partir de ella una resolución que autoriza la señaletica de estimarlo pertinente la autoridad.

Si te sacan un parte tienes que pedir al juzgado la resolución, de no existir tienen que anularlo.

Desconectado exemos

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Re:¿te pueden pasar un parte si estacionas en...
« Respuesta #12 en: Diciembre 19, 2011, 16:30:43 pm »
Todo lo que mencionaste en el punto anterior es verdad, pero para el espacio público.
Insisto, al interior de un recinto nadie más que el propietario tiene tuición.

En la empresa donde trabajo hacemos proyectos de demarcación para una cadena de retail y solo aprobamos, ante DT o Vialidad según corresponda, el proyecto exterior. El interior no requiere autorización de nadie.

Tal vez el ejemplo no es el mejor, pero al igual que las obras de pavimentación, que se aprueban ante el Serviu o MOP solo el exterior, no se presenta el proyecto de pavimentación interior a ninguno de estos organismos.

Volviendo al punto original, la ley de tránsito considera que ésta se deba aplicar incluso al interior de recintos privados de uso público, pero en esa ley no se habla de criterios para la instalación de la señalización, ni de especificaciones ni nada. Para esa parte está el manual de señalización del Mintratel, que siempre habla del espacio público, nunca habla del privado.

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Re:¿te pueden pasar un parte si estacionas en...
« Respuesta #13 en: Diciembre 19, 2011, 16:42:35 pm »
Estamos casi de acuerdo, el detalle que hace la diferencia esos letreros no tienen validez para efectos de la ley del tránsito. Donde trabajo tenemos más de 300 kilómetros de caminos internos...hemos tenido bastantes intercambios con el MOP por el temita...

saludos

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Re:¿te pueden pasar un parte si estacionas en...
« Respuesta #14 en: Diciembre 19, 2011, 16:44:53 pm »
Nop, un particular no puede instalar señalética pública, cualquier señal que instale no tiene validez legal y solo tiene carácter referencial. 

Solo hay 2 entidades que están autorizadas legalmente: dirección de tránsito de la municipalidad y Vialidad según de cual de las 2 depende el sector en que se quiera instalar (en este caso municipalidad)   Un particular solo puede puedes solicitar la instalación de la señalética, se hace una inspección técnica y a partir de ella una resolución que autoriza la señaletica de estimarlo pertinente la autoridad.

Si te sacan un parte tienes que pedir al juzgado la resolución, de no existir tienen que anularlo.

para lo cual el tribunal provee "previo a resolver, consignese el valor de la multa arriesgada como caucion",  estamos fritos mientras  el jefe del juez sea el alcalde que se beneficiara de las $  de la multa
Apoya la causa mapuche??  bueno, sea consecuente, averigue que comunidad mapuche vivia en el sector donde esta su casa, ubique a su lider y haga una donacion irrevocable de sus propiedades

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Re:¿te pueden pasar un parte si estacionas en...
« Respuesta #15 en: Diciembre 19, 2011, 20:55:40 pm »
pero en un recinto privado de uso público no puedes usar señalización distinta, por ejemplo no puedes usar un disco pare que sea una circunferencia de color verde y redonda que diga pare, o un semáforo con colores blanco, negro y rosado.

Conectado Patagonia

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Re:¿te pueden pasar un parte si estacionas en...
« Respuesta #16 en: Diciembre 20, 2011, 08:12:56 am »
Si "imitas" un letrero legal te pueden multar pero aparte de eso puedes hacer lo que quieras en un lugar privado. Por ejemplo esos letreros que indican velocidad máxima "sugerida" son letreros que puso un privado y que no tienen autorización, así los tenemos que poner nosotros para no tener problemas y mientras esperamos que vialidad vaya y defina las senaléticas a poner (y pueden pasar meses o años pffff)


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Re:¿te pueden pasar un parte si estacionas en...
« Respuesta #17 en: Diciembre 20, 2011, 10:39:38 am »
pero reitero el punto que el mall es un sector privado de uso público, muy distinto a los caminos interiores de una forestal o minera que siguen siendo privados, pero de uso privado. siendo d euso público debes usar la misma señalización, al ser privado y de uso exclusivo de privados, un número acotado de usuarios, los puedes instruir en la señalización del recinto y su significado.

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Re:¿te pueden pasar un parte si estacionas en...
« Respuesta #18 en: Diciembre 20, 2011, 10:51:06 am »
Me refiero a caminos privados de acceso público, dentro de la faena ponemos nuestros propios letreros a nuestra pinta y sin necesidad de usar el "sugerido" pasarse 1 km/h en la velocidad (controlada con GPS y radar) implica suspensin de licencia interna, a la segunda es despido inmediato. Con el al alcohol es peor, hacemos alcohotest aleatorios y cualquier cosa sobre 0,00 es despido inmediato.

El tema es simple, no le des tantas vueltas: si quieres algo que tenga validez legal tiene que autorizarlo  con una resolución, el resto es maní y si mientras no tengan validez legal los puedes hacer con letras góticas y nadie te puede decir nada, simplemente están de adorno o referencia para los "ciudadanos respetuosos"



« Última modificación: Diciembre 20, 2011, 10:58:52 am por Patagonia »

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