Lo que se hizo, la condonación es de total y ordinaria ocurrencia...es legal y una facultad del Sii...el Servicio, siempre va a cobrar los impuestos, rejustados, pero asimismo hay multas, entre un 50 a un 300% de los impuestos y en un par de casos del montototal de las operaciones, y eso se cobra ADEMAS de los impuestos. Lo habitual es que se hagan condonaciones, de hecho, además de lo que cuenta Milo, esta el PASC o PLan Simplificado de Sanciones, si te acoges a el automáticamente de te rebajan las multas entre un tercio a un cuarto. Ahora, si estas jodido, puedes hacer una presentación, con documentos fundantes, por ejemplo de enferemedad, condición social, etc y te pueden condonar 90% normalmente.
Estoy claro que pese a lo anterior pueden haber suspicacias en el caso concreto y corresponde aclararlas; pero que la facultad existe, existe, y que las condonaciones son de ordinaria ocurrencia, lo son.