Autor Tema: Compraventa de inmueble... duda con cláusula...  (Leído 15101 veces)

Desconectado Alligator

  • Avanzado
  • ****
  • Mensajes: 1506
  • Trust No One
Compraventa de inmueble... duda con cláusula...
« en: Junio 17, 2014, 07:21:38 am »
Un amigo esta comprando un inmueble... y la escrituta pide renunciar a la acción resolutoria.

"Las partes declaran expresamente que renuncian a las acciones resolutorias que pudieren emanar del contrato de compraventa contenido en este instrumento. "

No me parece bien. ¿Que opinan los leguleyos del foro? He consultado con otros colegas, y me dicen que se ocupa mucho esta cláusula.

Desconectado Alligator

  • Avanzado
  • ****
  • Mensajes: 1506
  • Trust No One
Re:Compraventa de inmueble... duda con cláusula...
« Respuesta #1 en: Junio 17, 2014, 09:02:51 am »
 :solo4: jajajajaja

Desconectado Marcelo S.

  • Experto
  • *****
  • Mensajes: 3656
Re:Compraventa de inmueble... duda con cláusula...
« Respuesta #2 en: Junio 17, 2014, 09:22:39 am »
Cri Cri... los abogados por menos de 300 lucas no se levantan de su asiento.

Desconectado Citation-X

  • Experto
  • *****
  • Mensajes: 2575
  • 996 - 4S (Nadie me advierte)
Re:Compraventa de inmueble... duda con cláusula...
« Respuesta #3 en: Junio 17, 2014, 10:47:03 am »
Cri Cri... los abogados por menos de 300 lucas no se levantan de su asiento.

y al único que respondía lo banearon... again  :truestory:



Al que pestañea lo bannean... paz y amor en navidad  :yaoming:

Desconectado FELHER

  • Experto
  • *****
  • Mensajes: 3974
  • Gaz 69
Re:Compraventa de inmueble... duda con cláusula...
« Respuesta #4 en: Junio 17, 2014, 12:02:22 pm »
Si es con hipotecario, la escritura la redacta el banco y es muy dificil que cambien algo.
Al menos yo no pude y otros amigos que tengo tampoco.

Pero no es malo consultar a un abogado para que te oriente.


Desconectado Andrés

  • Experto
  • *****
  • Mensajes: 2591
Re:Compraventa de inmueble... duda con cláusula...
« Respuesta #5 en: Junio 17, 2014, 12:22:54 pm »
Es una cláusula de estilo en todas las compraventas de inmueble y protege a ambas partes.

Si la sacas y después tu amigo quiere vender el inmueble dentro de 10 años, en el estudio de títulos le podrían poner problemas porque el vendedor no renunció a la acción resolutoria.


Lo mismo por ej. es que en el contrato de compraventa diga que el precio está pagado, aún cuando quedé su pago sujeto a instrucciones notariales.
« Última modificación: Junio 17, 2014, 12:26:57 pm por Andrés »

Desconectado Alligator

  • Avanzado
  • ****
  • Mensajes: 1506
  • Trust No One
Re:Compraventa de inmueble... duda con cláusula...
« Respuesta #6 en: Junio 17, 2014, 15:18:52 pm »
Es una cláusula de estilo en todas las compraventas de inmueble y protege a ambas partes.

Si la sacas y después tu amigo quiere vender el inmueble dentro de 10 años, en el estudio de títulos le podrían poner problemas porque el vendedor no renunció a la acción resolutoria.
Lo mismo por ej. es que en el contrato de compraventa diga que el precio está pagado, aún cuando quedé su pago sujeto a instrucciones notariales.

Igual prescribe la acción. Al término de 5 o 4 años si es C.R.tácita y pacto comisorio.
Ok. un amigo me dijo lo mismo. Saludos. Te pasaste Andrés. Saludos.

Desconectado Andrés

  • Experto
  • *****
  • Mensajes: 2591
Re:Compraventa de inmueble... duda con cláusula...
« Respuesta #7 en: Junio 17, 2014, 15:26:55 pm »
El margen es 10 años, considerando el plazo de la acción de nulidad absoluta.
Que firme tranquilo, esa cláusula lo protege de comprar un inmueble y no un litigio.

Desconectado chunchos

  • Avanzado
  • ****
  • Mensajes: 1624
Re:Compraventa de inmueble... duda con cláusula...
« Respuesta #8 en: Junio 17, 2014, 15:53:24 pm »
Yo no firmo nica... Me dejan sin derecho de pataleo
"Lo que usted afirma me parece disparatado, pero defendería con mi vida su derecho a decirlo"

Desconectado Andrés

  • Experto
  • *****
  • Mensajes: 2591
Re:Compraventa de inmueble... duda con cláusula...
« Respuesta #9 en: Junio 17, 2014, 15:56:17 pm »
Ningún banco te otorga crédito hipotecario si pides sacarla.

Desconectado chunchos

  • Avanzado
  • ****
  • Mensajes: 1624
Re:Compraventa de inmueble... duda con cláusula...
« Respuesta #10 en: Junio 17, 2014, 20:34:24 pm »
Ningún banco te otorga crédito hipotecario si pides sacarla.
Por eso no se compra casa con hipotecario... :sir: :tumtum: :tumtum:
En realidad me parece absolutamente draconiano, ilegal casi, onda "condonación del dolo futuro". Es decir si te compras una casa y tiene grotescos vicios ocultos, tales como defectos graves de diseño o calculo no vas a poder resolver el contrato?... no me parece logico. Y tengo además la impresión que no es general a todos los bancos.
"Lo que usted afirma me parece disparatado, pero defendería con mi vida su derecho a decirlo"

Desconectado Andrés

  • Experto
  • *****
  • Mensajes: 2591
Re:Compraventa de inmueble... duda con cláusula...
« Respuesta #11 en: Junio 17, 2014, 20:50:10 pm »
Por eso no se compra casa con hipotecario... :sir: :tumtum: :tumtum:
En realidad me parece absolutamente draconiano, ilegal casi, onda "condonación del dolo futuro". Es decir si te compras una casa y tiene grotescos vicios ocultos, tales como defectos graves de diseño o calculo no vas a poder resolver el contrato?... no me parece logico. Y tengo además la impresión que no es general a todos los bancos.

Estimado, acuérdese que si hay vicios redhibitorios, por renuncia a la acción resolutoria no se pierde la acción redhibitoria del 1857 en relación al 1860, al menos para obtener la rebaja del precio.


No existe banco que no exija renunciar a la acción resolutoria, se lo consulté además hoy en la tarde a un compañero de la oficina que es profe de civil en la Escuela y me lo confirmó.

Además respecto de la redhibitoria está en todas las compraventas con hipotecario la cláusula de estilo de que se compra el inmueble "en el estado que se encuentra, que es conocido por el comprador". Así que la carga de la prueba en la redhibitoria es fuerte para el demandante.

Por eso es súper importante un buen estudio de títulos. Una buena tasación, etc.

Cito abajo la regulación de la acción redhibitoria:

§ 8. Del saneamiento por vicios redhibitorios

     Art. 1857. Se llama acción redhibitoria la que
tiene el comprador para que se rescinda la venta o se
rebaje proporcionalmente el precio por los vicios
ocultos de la cosa vendida, raiíz o mueble, llamados
redhibitorios.
     Art. 1858. Son vicios redhibitorios los que reúnen
las calidades siguientes:
     1.a Haber existido al tiempo de la venta;
     2.a Ser tales, que por ellos la cosa vendida no
sirva para su uso natural, o sólo sirva imperfectamente,
de manera que sea de presumir que conociéndolos el
comprador no la hubiera comprado o la hubiera comprado a
mucho menos precio;
     3.a No haberlos manifestado el vendedor, y ser
tales que el comprador haya podido ignorarlos sin
negligencia grave de su parte, o tales que el comprador
no haya podido fácilmente conocerlos en razón de su
profesión u oficio.
     Art. 1859. Si se ha estipulado que el vendedor no
estuviese obligado al saneamiento por los vicios ocultos
de la cosa, estará sin embargo obligado a sanear
aquellos de que tuvo conocimiento y de que no dio
noticia al comprador.
     Art. 1860. Los vicios redhibitorios dan derecho al
comprador para exigir o la rescisión de la venta o la
rebaja del precio, según mejor le pareciere.
« Última modificación: Junio 17, 2014, 20:54:39 pm por Andrés »

Desconectado chunchos

  • Avanzado
  • ****
  • Mensajes: 1624
Re:Compraventa de inmueble... duda con cláusula...
« Respuesta #12 en: Junio 17, 2014, 21:12:43 pm »
Mish, en los ultimos 8 años he comprado dos casas con hipotecario y en ninguno de ellos tengo la clausula sub lite... asimismo me han tocado chequear varias compras familiares y lo mismo...Duda, la clausula es entre comprador y vendedor o entre deudor y acreedor hipotecario, porque si fuera la segunda hipótesis no tendría mayor objeción. :thumbsup:
Estimado, acuérdese que si hay vicios redhibitorios, por renuncia a la acción resolutoria no se pierde la acción redhibitoria del 1857 en relación al 1860, al menos para obtener la rebaja del precio.


No existe banco que no exija renunciar a la acción resolutoria, se lo consulté además hoy en la tarde a un compañero de la oficina que es profe de civil en la Escuela y me lo confirmó.

Además respecto de la redhibitoria está en todas las compraventas con hipotecario la cláusula de estilo de que se compra el inmueble "en el estado que se encuentra, que es conocido por el comprador". Así que la carga de la prueba en la redhibitoria es fuerte para el demandante.

Por eso es súper importante un buen estudio de títulos. Una buena tasación, etc.

Cito abajo la regulación de la acción redhibitoria:

§ 8. Del saneamiento por vicios redhibitorios

     Art. 1857. Se llama acción redhibitoria la que
tiene el comprador para que se rescinda la venta o se
rebaje proporcionalmente el precio por los vicios
ocultos de la cosa vendida, raiíz o mueble, llamados
redhibitorios.
     Art. 1858. Son vicios redhibitorios los que reúnen
las calidades siguientes:
     1.a Haber existido al tiempo de la venta;
     2.a Ser tales, que por ellos la cosa vendida no
sirva para su uso natural, o sólo sirva imperfectamente,
de manera que sea de presumir que conociéndolos el
comprador no la hubiera comprado o la hubiera comprado a
mucho menos precio;
     3.a No haberlos manifestado el vendedor, y ser
tales que el comprador haya podido ignorarlos sin
negligencia grave de su parte, o tales que el comprador
no haya podido fácilmente conocerlos en razón de su
profesión u oficio.
     Art. 1859. Si se ha estipulado que el vendedor no
estuviese obligado al saneamiento por los vicios ocultos
de la cosa, estará sin embargo obligado a sanear
aquellos de que tuvo conocimiento y de que no dio
noticia al comprador.
     Art. 1860. Los vicios redhibitorios dan derecho al
comprador para exigir o la rescisión de la venta o la
rebaja del precio, según mejor le pareciere.
"Lo que usted afirma me parece disparatado, pero defendería con mi vida su derecho a decirlo"

Desconectado Andrés

  • Experto
  • *****
  • Mensajes: 2591
Re:Compraventa de inmueble... duda con cláusula...
« Respuesta #13 en: Junio 17, 2014, 21:30:57 pm »
Mish, en los ultimos 8 años he comprado dos casas con hipotecario y en ninguno de ellos tengo la clausula sub lite... asimismo me han tocado chequear varias compras familiares y lo mismo...Duda, la clausula es entre comprador y vendedor o entre deudor y acreedor hipotecario, porque si fuera la segunda hipótesis no tendría mayor objeción. :thumbsup:

Tuviste suerte entonces. Ahora no hay banco que no la tenga.
Es entre comprador y vendedor y la pone el banco que otorga el crédito.
De hecho mi colega que es profe de civil acaba de firmar un hipotecario y no hubo caso que el banco sacara la cláusula.

Cuando yo redacto escrituras de clientes que compran o venden al contado también uso la cláusula. Siempre lo he hecho así y no ha habido problema. Nunca me han pedido sacarla tampoco.

A modo de ejemplo, ésta es la cláusula del Banco de Chile:

"Las partes declaran íntegramente pagado el precio de la compraventa y renuncian expresamente a las acciones resolutorias que pudieren emanar del contrato de compraventa contenido en este instrumento".

La del Santander: "Las partes renuncian expresamente a las acciones resolutorias que emanan del presente contrato"
« Última modificación: Junio 17, 2014, 21:43:28 pm por Andrés »

Desconectado chunchos

  • Avanzado
  • ****
  • Mensajes: 1624
Re:Compraventa de inmueble... duda con cláusula...
« Respuesta #14 en: Junio 18, 2014, 07:03:17 am »
Ok. He tenido suerte. De todas maneras me parece una brutalidad jurídica. Yo me he decantado hacia el área tributaria y penal... pero a la luz de las nuevas tendencias y principios de las normas más modernas, este tipo de practicas tienen poco futuro... en caso de Reforma Civil, con jueces de la "nueva generación", darían lo mismo porque las anularían de oficio.
Es increible lo anacronico que aparece el Derecho Civil si lo comparas con la doctrina en boga en materia penal, el viejo concepto de normas principios y leyes contra estandares.
« Última modificación: Junio 18, 2014, 07:05:09 am por chunchos »
"Lo que usted afirma me parece disparatado, pero defendería con mi vida su derecho a decirlo"

Desconectado AlfredoVregion

  • Experto
  • *****
  • Mensajes: 3728
  • alea iacta est
Re:Compraventa de inmueble... duda con cláusula...
« Respuesta #15 en: Junio 18, 2014, 19:31:51 pm »
 :snack:

Interesante el tema, no aporto nada pero estuve aquí leyendo todo.
Saludos
"El POPULISMO busca desmantelar las instituciones, para luego reescribir Constituciones y acomodarlas a los antojos de los líderes corruptos que tenemos en Latinoamérica"
                                          Gloria Álvarez

Desconectado ex-caralampio

  • Junior
  • ***
  • Mensajes: 260
Re:Compraventa de inmueble... duda con cláusula...
« Respuesta #16 en: Junio 19, 2014, 10:31:13 am »
:snack:

Interesante el tema, no aporto nada pero estuve aquí leyendo todo.
Saludos

+1

Siempre es bueno aprender.

Tags:
     


    A la memoria de Alex Feliú a.k.a Rommel