NO, el no puede incluirlo como CARGA FAMILIAR, puesto que CARGA FAMILIAR solo pueden ser los CONYUGES y los HIJOS MENORES DE 18 años o de hasta 24 años SI ES QUE ESTUDIAN
Lo unico que puede hacer es incorporarlo como CARGA MEDICA en la ISAPRe (en fonasa no puede), y eventualmente si el sistema complementario de bienestar de su empresa lo permite, alli, pero s quere que sea carga FAMILIAR, es decir recibir asignacion familiar por el, incorporarlo como carga en fonasa y esas cosas debe reconocerlo...