Si se trata de una persona jurídica sin fines de lucro (fundación o corporación), te comento que actualmente las llevan las municipalidades, que por experiencia tienen gente a cargo para ayudar a las personas que quieren formar una y como se necesita un ministro de fe para constituirla la misma municipalidad proporciona un funcionario para tales efectos.
En cuanto a los estatutos existe un formato aprobado o hecho por el Ministerio de Justicia, que es el que ocupan todos.
Posterior a la constitución los estatutos deben ser aprobados por la Municipalidad respectiva y "depositados" en el Registro Civil.
Lo otro es contratar a algún abogado, quien se dará la lata de redactar o acomodar los estatutos a las reales necesidades de la institución que quieren formar, coordinará la asamblea con asistencia del ministro de fe de la municipalidad o gestionará la asistencia de un notario, etc., etc.