Me imagino que será hasta el tope imponible.
Es decir, si en el mes emito dos boletas, cada una por $1.500.000, sólo deberé cotizar por una de ellas de lo contrario, si no fuese así....
...eso si sería un robo!!!!
Y que pasa si soy un trabajador dependiente pero boleteo por fuera? En muchas profesiones (ingeniería, medicina, etc) puedes tener un trabajo con contrato fijo y, en tus horas "libres", dedicarte a asesorías u otras actividades que cobras mediante una boleta de honorarios.
Por el contrato ya estas pagando imposiciones....ahora...por las boletas deberás pagar también?
Nuevamente...que pasa con el tope imponible?