estoy por el Estatuto Docente, como asistente de la educación con remuneraciones Ley SEP. segun el colegio de profes, dice:
"De igual forma, se establece el derecho de los profesionales de la educación contratados bajo
la ley SEP a percibir la remuneración correspondiente a los meses de enero y febrero, prorrogándose
sus contratos, en el caso de que se den los supuestos establecidos en el art. 41 de la ley N° 19.070,
siempre y cuando posean más de 6 meses continuos al mes de diciembre y que mantengan sus
contratos vigentes al día 31 de diciembre inmediatamente anterior a dichos meses."
y en otra pagina, dice:
"PRÓRROGA CONTRACTUAL POR ENERO Y FEBRERO.
Como dato concreto, citemos preceptos que, aunque originalmente dirigidos sólo al personal docente, se aplican a otros trabajadores. Recordemos que, “cualquiera sea el sistema de contratación del personal docente de los establecimientos de educación básica y media o su equivalente, los contratos de trabajo vigentes al mes de diciembre se entenderán prorrogados por los meses de enero y febrero, siempre que el docente tenga más de seis meses continuos de servicio en el mismo establecimiento” (artículo 75 del Código laboral). Y tal precepto, que regula a docentes, también se aplica a los asistentes de la educación. En efecto, lo dispuesto en el artículo 75 del Código laboral es igualmente aplicable al personal asistente de la educación a que se refiere el artículo 2 de ley 19.464, es decir, el personal cuyas tareas en seguida describiremos (artículo 13 de dicha ley).
Así, a continuación revisamos la regulación de los trabajadores asistentes de la educación, anteriormente denominado “personal no docente”. Si bien a su contratación debe aplicarse el Código del trabajo, también operan normas especiales ubicadas en la ley 19.464 (cuya última modificación la registramos mediante ley 20.501, de 2011), y en la ley 20.244, de 2008."
Mi contrato iba desde el 10 de junio al 31 de diciembre, por ende, son 6 meses y 20 dias app.