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General => Legal => Mensaje iniciado por: LuisAntonio2010 en Julio 17, 2017, 15:25:50 pm

Título: Contrato de trabajo
Publicado por: LuisAntonio2010 en Julio 17, 2017, 15:25:50 pm
Estimados.
Tengo una duda legal. Estoy hace poco mas de una semana a prueba en una empresa.
Mi duda pasa por lo siguiente: Aunque este a prueba, la empresa debe hacerme un contrato de trabajo?
Bueno ojala me puedan orientar


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Título: Re:Contrato de trabajo
Publicado por: KekoCh en Julio 17, 2017, 15:46:04 pm
Absolutamente si

En esos casos se usan contratos a plazo fijo...un mes...dos meses...
Título: Re:Contrato de trabajo
Publicado por: Vinicius en Julio 17, 2017, 16:12:27 pm
Hola; si es contrato indefinido o a plazo fijo por mas de 30 días, el empleador tiene hasta 15 días para que lo firmes. Si es por menos de 30 días  o por obra, son 5 días.

Lo copio de la pag de la dirección del trabajo:  contrato de trabajo debe ser escriturado. Si bien como se acaba de señalar para su perfección no requiere de ninguna formalidad, ni tampoco de su escrituración, la ley exige que una vez celebrado o perfeccionado el contrato de trabajo, sea escriturado dentro del plazo común señalado en el artículo 9º del Código del Trabajo, esto es, dentro del plazo de quince días de incorporado el trabajador, o de cinco días si se trata de contratos por obra, trabajo o servicio determinado o de duración inferior a treinta días.

Slds
V.
Título: Re:Contrato de trabajo
Publicado por: LuisAntonio2010 en Julio 17, 2017, 17:56:38 pm
Estimados, muchas gracias por la respuesta.
Agradecido


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Título: Re:Contrato de trabajo
Publicado por: LuisAntonio2010 en Agosto 02, 2017, 12:02:55 pm
Actualización!!! Llevo mas de 15 días y aun no me hacen firmar el contrato.
He hablado con mi superior y me dice que faltan algunos detalles.
Que mas se puede hacer? Se puede presionar sin ser mala leche?


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Título: Re:Contrato de trabajo
Publicado por: Mr.Piston en Agosto 02, 2017, 12:18:58 pm
Pregunta así como haciéndote el leso qué detalles faltan; que si hay un borrador o algo que puedas revisar.
La otra es presionar diciendo que el contrato te lo piden en X lugar...

En estos casos, a quién menos le conviene tenerte sin contrato es al empleador.
Título: Re:Contrato de trabajo
Publicado por: LuisAntonio2010 en Agosto 02, 2017, 12:45:33 pm
Pregunta así como haciéndote el leso qué detalles faltan; que si hay un borrador o algo que puedas revisar.
La otra es presionar diciendo que el contrato te lo piden en X lugar...

En estos casos, a quién menos le conviene tenerte sin contrato es al empleador.
Oka, haré lo que indicas.


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Título: Re:Contrato de trabajo
Publicado por: Mike_SX4 en Agosto 02, 2017, 12:53:11 pm
Estas firmando asistencia? (libro, reloj control, etc)
Si es así, en caso de cualquier cosa es la empresa la que estará en problemas ante un reclamo tuyo en la I. del T°
Título: Re:Contrato de trabajo
Publicado por: KekoCh en Agosto 02, 2017, 14:14:26 pm
Accidéntate en la oficina y van a correr a regularizar todo...

Pasó años atrás en una empresa en la que trabajé. Contrataron un estafeta y ya iba para las dos semanas sin contrato....lo estaban preparando....el punto es que se cayó en la oficina y hubo que llevarlo a la mutual...ni te cuento los problemas que tuvieron por no tener contrato.
Título: Re:Contrato de trabajo
Publicado por: LuisAntonio2010 en Agosto 02, 2017, 14:57:47 pm
Estas firmando asistencia? (libro, reloj control, etc)
Si es así, en caso de cualquier cosa es la empresa la que estará en problemas ante un reclamo tuyo en la I. del T°
Hola Mike. No estoy marcando asistencia ni firmando...


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Título: Re:Contrato de trabajo
Publicado por: djweezyng en Agosto 02, 2017, 15:09:19 pm
Hola Mike. No estoy marcando asistencia ni firmando...


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lo que podrias hacer es tomar fotos de tu puesto de trabajo u otro que demuestre que estas en la empresa trabajando, es probable que simplemente se atrasaron, pasa mas de lo que uno desea, pero no esta de mas ponerse un seguro, siempre la inspeccion es pro trabajador asi que en el peor de los casos ellos llevan todas las de perder, ya que mas encima llevarian a lo menos dos infracciones
Título: Re:Contrato de trabajo
Publicado por: LuisAntonio2010 en Agosto 02, 2017, 15:29:15 pm
lo que podrias hacer es tomar fotos de tu puesto de trabajo u otro que demuestre que estas en la empresa trabajando, es probable que simplemente se atrasaron, pasa mas de lo que uno desea, pero no esta de mas ponerse un seguro, siempre la inspeccion es pro trabajador asi que en el peor de los casos ellos llevan todas las de perder, ya que mas encima llevarian a lo menos dos infracciones
Oka gracias dj por la info. Y que pasa si yo renuncio por ejemplo ahora mismo?


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Título: Re:Contrato de trabajo
Publicado por: KekoCh en Agosto 02, 2017, 16:27:56 pm
Oka gracias dj por la info. Y que pasa si yo renuncio por ejemplo ahora mismo?


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Nada..sólo te vas...no existe relación formal aún con tu empleador.

Ahora...cuando firmes el contrato...asegúrate que la fecha de ingreso al trabajo sea la que realmente es...cuando comenzaste...y no cuando estás firmando....suele ocurrir "casualmente".
Título: Re:Contrato de trabajo
Publicado por: LuisAntonio2010 en Agosto 02, 2017, 16:30:19 pm
Nada..sólo te vas...no existe relación formal aún con tu empleador.

Ahora...cuando firmes el contrato...asegúrate que la fecha de ingreso al trabajo sea la que realmente es...cuando comenzaste...y no cuando estás firmando....suele ocurrir "casualmente".
Y que pasa con el pago del sueldo. Porque se supone que debieran pagarme el día 5


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Título: Re:Contrato de trabajo
Publicado por: KekoCh en Agosto 02, 2017, 16:49:56 pm
Para pagar el sueldo debe existir una relación formal con el empleador...eso implica...contrato de trabajo en la modalidad que fuese: indefinido, plazo fijo, por obra, honorarios.
Título: Re:Contrato de trabajo
Publicado por: Patagonia en Agosto 02, 2017, 16:54:36 pm
Para pagar el sueldo debe existir una relación formal con el empleador...eso implica...contrato de trabajo en la modalidad que fuese: indefinido, plazo fijo, por obra, honorarios.

Pero no es necesario que esté escrito y firmado, para la ley el contrato existe igual solo es necesario demostrar que fuiste a trabajar...además las condiciones contratadas se asumen las que indique el trabajador  :)

¿Cuál es el plazo para suscribir el contrato y cuáles son las consecuencias si no se suscribe?


http://www.dt.gob.cl/consultas/1613/w3-article-60780.html (http://www.dt.gob.cl/consultas/1613/w3-article-60780.html)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9° del Código del Trabajo, el empleador dispone de un plazo de 15 días para escriturar el contrato de trabajo, contados desde la incorporación del trabajador, salvo que se trate de contrato por obra, trabajo determinado o de duración inferior a 30 días, caso en el cual el plazo se reduce a 5 días. La no escrituración del contrato importa una infracción que es sancionada con multa de una a cinco UTM. Si el trabajador se negare a firmar el contrato el empleador puede enviarlo a la Inspección del Trabajo, dentro del plazo antes señalado, a efecto de que ésta requiera la firma y si el trabajador insistiere en su actitud ante dicha inspección podrá ser despedido sin derecho a indemnización. Por el contrario, si el empleador no hace uso del derecho antes mencionado dentro del plazo indicado, la falta de contrato escrito hace presumir legalmente que son estipulaciones del contrato las que declare el trabajador. Finalmente, cabe hacer presente que el contrato se perfecciona por el mero consentimiento o acuerdo de voluntades de las partes contratantes, con prescindencia de otras exigencias formales o materiales para la validez del mismo. De esta manera, aun cuando no se haya escriturado el contrato, éste existe tácitamente y tiene la misma validez.
Título: Re:Contrato de trabajo
Publicado por: LuisAntonio2010 en Agosto 02, 2017, 16:54:58 pm
Para pagar el sueldo debe existir una relación formal con el empleador...eso implica...contrato de trabajo en la modalidad que fuese: indefinido, plazo fijo, por obra, honorarios.
O sea tu me recomiendas que hinche al empleador?


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Título: Re:Contrato de trabajo
Publicado por: KekoCh en Agosto 02, 2017, 16:59:28 pm
Citar
http://www.dt.gob.cl/consultas/1613/w3-article-60780.html
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9° del Código del Trabajo, el empleador dispone de un plazo de 15 días para escriturar el contrato de trabajo, contados desde la incorporación del trabajador, salvo que se trate de contrato por obra, trabajo determinado o de duración inferior a 30 días, caso en el cual el plazo se reduce a 5 días. La no escrituración del contrato importa una infracción que es sancionada con multa de una a cinco UTM. Si el trabajador se negare a firmar el contrato el empleador puede enviarlo a la Inspección del Trabajo, dentro del plazo antes señalado, a efecto de que ésta requiera la firma y si el trabajador insistiere en su actitud ante dicha inspección podrá ser despedido sin derecho a indemnización. Por el contrario, si el empleador no hace uso del derecho antes mencionado dentro del plazo indicado, la falta de contrato escrito hace presumir legalmente que son estipulaciones del contrato las que declare el trabajador. Finalmente, cabe hacer presente que el contrato se perfecciona por el mero consentimiento o acuerdo de voluntades de las partes contratantes, con prescindencia de otras exigencias formales o materiales para la validez del mismo. De esta manera, aun cuando no se haya escriturado el contrato, éste existe tácitamente y tiene la misma validez.

Lo que indica Patagonia es efectivo pero implica recurrir a la Inspección de Trabajo y, en caso de que el empleador desconozca la relación, llegar a interponer demanda laboral.

Lo mejor es buscar la formalización lo antes posible de ese contrato de trabajo.
Título: Re:Contrato de trabajo
Publicado por: LuisAntonio2010 en Agosto 02, 2017, 17:00:15 pm
Gracias kekoch


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Título: Re:Contrato de trabajo
Publicado por: Patagonia en Agosto 02, 2017, 17:03:10 pm
O sea tu me recomiendas que hinche al empleador?


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Creo que podría ser prudente tener algo por escrito, la oferta de trabajo y algún mail en que el empleador confirme desde cuando está trabajando... pero no creo necesario ponerse "pesado" siempre demoran en firmar.
Por ejemplo, el mismo podría enviar un mail al responsable (jefe, recursos humanos etc) consultando y amarrando las fechas, algo como: "quería consultar por la fecha estimada en que debería estar mi contrato para firma considerando que estoy trabajando desde el x de julio de acuerdo a la carta de oferta adjunta" La respuesta ya deja las fechas y condiciones claras...
Título: Re:Contrato de trabajo
Publicado por: LuisAntonio2010 en Agosto 02, 2017, 17:07:08 pm
Creo que podría ser prudente tener algo por escrito, la oferta de trabajo y algún mail en que el empleador confirme desde cuando está trabajando... pero no creo necesario ponerse "pesado" siempre demoran en firmar.
Por ejemplo, el mismo podría enviar un mail al responsable (jefe, recursos humanos etc) consultando y amarrando las fechas, algo como: "quería consultar por la fecha estimada en que debería estar mi contrato para firma considerando que estoy trabajando desde el x de julio de acuerdo a la carta de oferta adjunta" La respuesta ya deja las fechas y condiciones claras...
Patagonia llevo 3 semanas trabajando


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Título: Re:Contrato de trabajo
Publicado por: Duraznov en Agosto 04, 2017, 11:15:38 am
Por ahora, que todas las instrucciones te las den por correo, si te las dan de forma verbal, le mandas un correo aunque sea de tu mail particular a tu jefe onda "de acuerdo a lo solicitado por usted, favor confirmar que tengo que bla bla bla....". Si no firmas libro, es bueno que tomes fotos en tu lugar de trabajo, todo lo anterior te lo digo por si dado el momento debes demostrar "subordinación o dependencia".
Título: Re:Contrato de trabajo
Publicado por: LuisAntonio2010 en Agosto 07, 2017, 13:09:28 pm
Hola bueno ya estamos a 7 de agosto y aun no pasa nada con el contrato de trabajo. Cabe mencionar que ingresé a trabajar el 10 de julio.
Mi jefa en este caso le ha tramitado todo este tiempo, primero diciendo que la persona de RRHH estaba con licencia, de la cual volvió hace una semana atrás y que en ese momento se podría al día con este asunto.
Bueno aun no pasa nada y ya no se que mas hacer.


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Título: Re:Contrato de trabajo
Publicado por: Mr.Piston en Agosto 07, 2017, 13:41:08 pm
No es tu primer trabajo, cierto???

puedes presionar con el tema de imposiciones. Dices que fuiste a tu AFP y te informaron que no tienes pagos de la actual empresa.
Se van a hacer los de las chacras.

Vas y dices que por favor se apuren con el tema, porque en la AFP te pidieron más datos del empleador, pero que no quisiste darlos pues te imaginabas que te estaban patrocinando en una posible denuncia.
Título: Re:Contrato de trabajo
Publicado por: LuisAntonio2010 en Agosto 07, 2017, 13:44:30 pm
No es tu primer trabajo, cierto???

puedes presionar con el tema de imposiciones. Dices que fuiste a tu AFP y te informaron que no tienes pagos de la actual empresa.
Se van a hacer los de las chacras.

Vas y dices que por favor se apuren con el tema, porque en la AFP te pidieron más datos del empleador, pero que no quisiste darlos pues te imaginabas que te estaban patrocinando en una posible denuncia.
No es mi primer trabajo (tengo 41) pero me causa extrañeza lo tramitadores.
Voy a hacer lo que indicas
Gracias por la info


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Título: Re:Contrato de trabajo
Publicado por: KekoCh en Agosto 07, 2017, 15:35:14 pm
Por la fecha ya te deberían haber pagado el sueldo del mes de julio. Lo hicieron?

Si la respuesta es SI...ya tienes el vínculo que necesitas con la empresa y el contrato es cosa de tiempo...son ineficientes por lo que veo.

Si no te han pagado aún...mejor preocúpate y deja una constancia en el sitio de la Dirección del Trabajo. Si no estás registrado hazlo..es muy simple.

http://www.dt.gob.cl/1601/w3-channel.html (http://www.dt.gob.cl/1601/w3-channel.html)

Selecciona "Trámites y servicios" > "Trabajadores" > "Trámites en línea" > "Constancia laboral como trabajador dependiente"

Puedes ingresar todas las constancias que desees....incluso desde el inicio...no tengo contrato...me tratan mal...bla bla etc...

Todo eso sirve más adelante en caso de llegar a una denuncia...que espero no sea el caso.
Título: Re:Contrato de trabajo
Publicado por: LuisAntonio2010 en Agosto 08, 2017, 08:12:01 am
Hola, finalmente renuncié a esta "empresa" y mi jefe me pidió la carta de renuncia. Ahi tengo la duda ya que como mencioné anteriormente nunca firme el contrato.
De todos modos iré a la inspección del trabajo para ver que me dicen.
Kekoch, efectivamente me pagaron el mes de Julio, proporcionalmente.


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Título: Re:Contrato de trabajo
Publicado por: KekoCh en Agosto 08, 2017, 08:28:09 am
Hola, finalmente renuncié a esta "empresa" y mi jefe me pidió la carta de renuncia. Ahi tengo la duda ya que como mencioné anteriormente nunca firme el contrato.
De todos modos iré a la inspección del trabajo para ver que me dicen.
Kekoch, efectivamente me pagaron el mes de Julio, proporcionalmente.


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Entonces si existía contrato de trabajo....solo que son bastante ineficientes por lo que veo para un trámite tan sencillo y clave en RRHH de una empresa.

Ahora...revisa la liquidación de sueldo y si te descontaron las imposiciones. Esas imposiciones deben estar enteradas en la Isapre/Fonasa y AFP. No vaya a ser que te las descontaron pero no han sido pagadas.

La carta renuncia procede. Es una formalidad que debes hacer. Debes notariarla o ir a la inspección del trabajo para formalizarla.