Bueno me queda claro que a la conductora no le cabe ninguna responsabilidad por ley.
Ahora, una suposicion. Ella como clienta de la aseguradora puede exigirles que me paguen o la aseguradora responde solo si la ley le obliga?
Hay que ver la poliza, ella puede obligar a la aseuradora solo en los terminos de lo convenido.
y, por lo que dices, la aseguradora ya te aviso que:
"La compañía estará obligada al pago de la indemnización respectiva, siempre que quien conduzca sea el mismo asegurado u otra persona autorizada por él, y posea licencia competente y no suspendida conforme a la Ley de Tránsito. Al momento del siniestro, el conductor deberá haber aprobado y tener vigentes los controles de habilitación correspondientes."
si la señora va a reclamar que te paguen le van a decir lo mismo que te dijeron a ti, los terminos de la poliza no permiten aquello.