Señores y señoritas, necesito de sus conocimientos y experiencia, les cuento.
El dia 24 de Diciembre del año recien pasado estaba mi auto, Chevrolet Corsa , estacionado frente a mi casa y es chocado por una Hyundai Santa Fe el resultado, mi auto desplazado a 2 casas de distancia, terminó arriba de la vereda y con varios daños en el frontal derecho. Creo que la diferencia de peso entre los vehiculos le jugó en contra. Un detalle muy importante, el vehiculo no era conducido por su dueña, sino por 2 asaltantes que se lo habian robado unos segundos antes a muy poca distancia de mi casa.
Los tipos arrancaron, los pillamos y entregamos a los cops, pero es historia aparte.
La Hyundai tiene seguro con magallanes, a mi casa llego el liquidador, tomó unas fotos y me dijo que vendria la grua lunes o martes a retirar el vehiculo, debido al retraso lo intenté contactar y recibo esto como respuesta :
Señor
Jona_deft
Maipú
Presente
Ref.: Siniestro 00-00-000000 – Carpeta 000
De nuestra consideración;
A través del presente, informamos a usted el resultado del análisis de los antecedentes que obran en nuestro poder y que corresponden al siniestro citado en referencia. De ellos, se desprende que no existe responsabilidad alguna por parte del asegurado Sra. A y de la conductora del vehículo Hyundai Santa Fe, placa patente AAAA-00 Sra. B, en el evento denunciado.
Lo anterior, de acuerdo al Condicionado General que rige la Póliza de Vehículos Motorizados, en su Título Segundo: Responsabilidad Civil, que señala:
TITULO SEGUNDO: COBERTURA RESPONSABILIDAD CIVIL.
ARTICULO 10°: RIESGOS CUBIERTOS
SUBSECCION DAÑO EMERGENTE: La compañía cubre la responsabilidad civil extracontractual del asegurado por daño emergente derivada de un accidente en que haya tenido participación el vehículo asegurado y que haya causado a terceras personas o daños a su propiedad, lesiones o muerte. Tratándose de lesiones o muerte, la compañía sólo cubrirá las consecuencias del daño patrimonial directo y emergente, tales como los gastos médicos o de funeral.
La compañía estará obligada al pago de la indemnización respectiva, siempre que quien conduzca sea el mismo asegurado u otra persona autorizada por él, y posea licencia competente y no suspendida conforme a la Ley de Tránsito. Al momento del siniestro, el conductor deberá haber aprobado y tener vigentes los controles de habilitación correspondientes.
Conforme a lo anterior, procederemos a la emisión de nuestro informe de liquidación, proponiendo el cierre y archivo del caso.
Sin otro particular, saluda atentamente,
Juan Carlos González B.
Gerente de Operaciones
En sintesis, me estan
jgonzalez@redliquidadores.cl
Red Liquidadores de Seguros Ltda.
En sintesis, me estan diciendo que no se hacen responsables por los daños ya que no los causó el titular ni alguien que condujera el vehiculo con su autorizacion.
Esto es asi o solo tratan de desligarse de sus responsabilidad frente a los daños a terceros.
Agradezco sus respuestas.