Autor Tema: Garantía - Ley del consumidor - Auto nuevo  (Leído 13844 veces)

Desconectado shuerloco

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Garantía - Ley del consumidor - Auto nuevo
« en: Agosto 10, 2017, 12:32:30 pm »
Estimados,

Acudiendo a sus experiencias y sabiduría acudo a ustedes y para no alargarme, mi duda es la siguiente: ¿Cuáles son los plazos para hacer valer el tema de garantía o la ley del consumidor?, por ejemplo: el auto salió con fallas y quiero la devolución del dinero, eso es válido dentro de los primeros 10 días, 1 mes o 3 meses desde que se compró?, ahora bien, qué pasa en el caso de comprar el auto con un crédito automotriz?, se devuelve lo que se dio de pie y el crédito se anula y me devuelven lo que alcancé a pagar?

Quedo atento a comentarios.

Gracias.

Desconectado quintec

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Re:Garantía - Ley del consumidor - Auto nuevo
« Respuesta #1 en: Agosto 10, 2017, 14:43:40 pm »
en términos simples debería devolverte la plata, pero las automotoras no hacen eso, si quieres ocupar lo de los 3 meses tendrás que demandar y eso por lo menos son sobre los 6 meses

Desconectado Bomberman

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Re:Garantía - Ley del consumidor - Auto nuevo
« Respuesta #2 en: Agosto 11, 2017, 08:27:06 am »
La garantia legal es valida para todo producto comprado nuevo por 3 meses. Puedes pedir, devilucion del dinero, arreglos sin costo o cambio de unidad.

Ahora, la realidad es que si bien tienes esos 3 meses para poder hacerlo efectivo y tener "las de ganar en un tribunal" debes hacer los siguientes pasos:

1.- Informar a la concesionaria de los daños o problemas que presenta la unidad nueva:

a) La consecionaria accede a hacerse cargo de los problemas y este queda perfecto dejando satisfecho al usuario, fin del tema.

b) La concesionaria no accede a arreglar los daños?, lo que es dificil. Reclamar ante SERNAC (Si todos sabemos que SERNAC vale callampa, pero es un argumento fuerte el momento de presentar una demanda en el juzgado de policía local)Si Sernac no obtiene una respuesta positiva, Debes presentar demanda en el juzgado de policía local correspondiente a la comuna donde se compro el vehículo, presentando algún documentos (Mail, conversación telefónica, informe tecnico, etc etc) que acredite que la Empresa no se hace responsable por el daño, al menos 2 testigos y toda la documentación que acredite la compra del vehículo en dicho lugar.

c) La concesionaria accede a arreglar los desperfectos pero el usuario no queda conforme, se debe enviar nuevamente a reparar, si a la tercera el problema persiste, seguir los pasos de la alternativa B.

2.- Luego de presentar la demanda en el juzgado de policía local, se llama a la partes a declarar, es ahí donde tu abogado debe presentar la mayor cantidad de pruebas posibles para acreditar el problema presentado. En un 90% de las veces se pierde el juicio, pero tranquilo, aquí viene la parte buena. Al perderlo, tu tienes la alterativa de apelar a la corte suprema, cosa que NADIE HACE, puesto que si lo haces debes pagar las costas judiciales ( que app suman 500 lucas), al apelar a a dicha corte tienes casi un 100% de ganar.

Porque pasa esto? porque todos los jueces de policía local están "mojados" por las marcas de autos, a diferencia de los jueces de la corte suprema.


He vivido dos juicios encontra de Consecionarias (he sido testigo dos veces), una de mi primo hermano contra Derco y en otra oportunidad un conocido de la familia contra Salazar Israel (Nissan).

Saludos.
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Desconectado shuerloco

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Re:Garantía - Ley del consumidor - Auto nuevo
« Respuesta #3 en: Agosto 11, 2017, 15:02:50 pm »
Muchas gracias por contar tu experiencia Bomberman, de seguro servirá para todos los del foro, y para mi, en caso de. Ahora estoy en proceso de que reparen el auto sin costo, pero me tienen que contactar para mandarlo a taller. Veremos si resuelven el problema y si no, hacer lo que dices tu, o bien, tener el auto un tiempo y venderlo.

Saludos.

Desconectado pipe_5

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Re:Garantía - Ley del consumidor - Auto nuevo
« Respuesta #4 en: Agosto 11, 2017, 18:10:59 pm »
Que le paso al swift?


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Dos franceses, un Ruso,un Japo y un Chino, y faltó la foto del Indio maruti :)

Desconectado kemp

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Re:Garantía - Ley del consumidor - Auto nuevo
« Respuesta #5 en: Agosto 16, 2017, 10:20:39 am »
La garantia legal es valida para todo producto comprado nuevo por 3 meses. Puedes pedir, devilucion del dinero, arreglos sin costo o cambio de unidad.

Ahora, la realidad es que si bien tienes esos 3 meses para poder hacerlo efectivo y tener "las de ganar en un tribunal" debes hacer los siguientes pasos:

1.- Informar a la concesionaria de los daños o problemas que presenta la unidad nueva:

a) La consecionaria accede a hacerse cargo de los problemas y este queda perfecto dejando satisfecho al usuario, fin del tema.

b) La concesionaria no accede a arreglar los daños?, lo que es dificil. Reclamar ante SERNAC (Si todos sabemos que SERNAC vale callampa, pero es un argumento fuerte el momento de presentar una demanda en el juzgado de policía local)Si Sernac no obtiene una respuesta positiva, Debes presentar demanda en el juzgado de policía local correspondiente a la comuna donde se compro el vehículo, presentando algún documentos (Mail, conversación telefónica, informe tecnico, etc etc) que acredite que la Empresa no se hace responsable por el daño, al menos 2 testigos y toda la documentación que acredite la compra del vehículo en dicho lugar.

c) La concesionaria accede a arreglar los desperfectos pero el usuario no queda conforme, se debe enviar nuevamente a reparar, si a la tercera el problema persiste, seguir los pasos de la alternativa B.

2.- Luego de presentar la demanda en el juzgado de policía local, se llama a la partes a declarar, es ahí donde tu abogado debe presentar la mayor cantidad de pruebas posibles para acreditar el problema presentado. En un 90% de las veces se pierde el juicio, pero tranquilo, aquí viene la parte buena. Al perderlo, tu tienes la alterativa de apelar a la corte suprema, cosa que NADIE HACE, puesto que si lo haces debes pagar las costas judiciales ( que app suman 500 lucas), al apelar a a dicha corte tienes casi un 100% de ganar.

Porque pasa esto? porque todos los jueces de policía local están "mojados" por las marcas de autos, a diferencia de los jueces de la corte suprema.


He vivido dos juicios encontra de Consecionarias (he sido testigo dos veces), una de mi primo hermano contra Derco y en otra oportunidad un conocido de la familia contra Salazar Israel (Nissan).

Saludos.


En términos generales  está bien explicado, solo te hago algunas correccione, precisioness y aclaraciones:

1.- La ley del consumidor da el derecho legal de la triple opción cuando dentro de los casos que allí se señalan presenta fallas. Pude optar a cambio del producto, devolución del dinero o reparación del mismo.
Si el consumidor hace valer cualquiera de las tres opciones y el vendedor se niega, puede ocurrir a sede administrativa (tiempo perdido) al sernac o al Jpl competente (jurisdicción donde se adquirió el bien).

2.- La acción a presentar generalmente es una querella infraccional por infracción a la ley del consumidor y además demanda civil por daños y perjuicios. Ahora bien, dicho proceso es en el papel relativamente rápido, pero en la práctica es un año aprox.
Una vez presentada la querella y demanda se cita a una audiencia de contestación, conciliación y prueba, en la cual se debe llevar toda la prueba que se disponga (documental, testimonial, etc...) y a la vez solicitar alguna prueba que se crea pertinente (generalmente una pericia e inspección personal del tribunal).

3.- Es trabajo del abogado, terminar el proceso judicial en su totalidad. Todo juicio tiene doble instancia. Si una sentencia en primera instancia no acoge en su totalidad o rechaza derechamente una demanda, se pueden deducir recursos entre ellos, apelación, casación, queja... en este juicio propiamente tal el recurso se presenta para ante la Corte de Apelaciones respetiva (No Suprema). Y en referencia a las costas, no es tan rígido el tema, generalmente cuando existen motivos plausibles para litigar o una de las partes no ha sido totalmente vencida, no hay condena en costas.

4.- La ley se presume conocida por todos, aunque en la realidad no es así. Que debe saber el consumidor? Sus derechos, obligaciones y que en caso de vulneración de derechos en estos casos,  puede iniciar acciones judiciales patrocinado por abogado habilitado o personalmente (está última opción no se aconseja), quedando el resto del trabajo al profesional que se contrate.

Desconectado Bomberman

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Re:Garantía - Ley del consumidor - Auto nuevo
« Respuesta #6 en: Agosto 23, 2017, 14:41:35 pm »
Acabo de leerme, y no se por que cresta escribi corte suprema  :yaoming:


hahahaha....
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