para ésta y todas las infracicones, por ejemplo, una luz quemada parteada por un cop, te pueden cursar la infracción en un lugar "X", si te pillan una cuadra mas adelante te pueden volver a partear por la misma infracción si no has reparado la falla. Lo mismo ocurre si te partean por vía exclusiva, restricción vehícular o cualquier motivo.
Sobre la consulta puntual, yo haría 2 cosas, primero, dejar un reclamo en contra de la concesionaria de la autopista, bien mala leche que hayan enviado a 2 juzgados la falta para que la sancionen siendo que, a pesar de ser pórticos distintos en comunas distintas, corresponde a un trayecto en un día (omitir este comentario si es otro trayecto disinto el mismo día, por ejemplo en sentido contrario o en horario muy diferente que no coincida con un solo viaje); segundo, ir al primer juzgado y luego concurrir al segundo con la boleta pagada en el primero, explicar la situación al juez y apelar a su buena fé.