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se supone que el responsable del vehículo y su conducción es quien esta tras el volante... a no ser, en el caso que el conductor este sin licencia y que el acompañante sea el propietario del auto podrian pasarle un parte
el otro caso es cuando se es propietario de un Taxi o similar y se le permite conducirlo a alguien sin la licencia adecuada
Artículo 174.-
De las infracciones a los preceptos del tránsito será responsable el conductor del vehículo. El conductor y el propietario del vehículo, a menos que este último acredite que el vehículo fue usado sin su conocimiento o autorización expresa o tácita, son solidariamente responsables de los daños y perjuicios que se ocasionen con motivo del uso del vehículo...
o en el caso de
Artículo 196 D.-
El que sin tener la licencia de conducir requerida, maneje un vehículo para cuya conducción se requiera una licencia profesional determinada, será castigado con presidio menor en su grado mínimo a medio. El que, a cualquier título que sea, explote un vehículo de transporte público de pasajeros, de taxi, de transporte remunerado de escolares o de carga y, contrate, autorice o permita en cualquier forma que dicho vehículo sea conducido por quien carezca de la licencia de conducir requerida o que, teniéndola, esté suspendida o cancelada, será sancionado con multa