Al arrendar un inmueble sin amoblar, el arrendador no tiene obligación de emitir boleta, pues este servicio no está gravado con IVA.
Este arrendamiento será gravado con IVA, siempre y cuando se arriende amoblado. En tal caso, puede existir obligación de emisión de factura por el arrendatario o usuario del inmueble, según lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 300, de 1970, revalidada de acuerdo con instrucciones contenidas en la Circular N° 111, de 1975.
Ahora...respecto a declarar los ingresos...se supone que debe hacerse pero...quién lo hace??
El procedimiento que indica el SII para esto es bastante engorroso e implica usar un contador...entonces...si una persona con esfuerzo compra un depto para arrendarlo como ingreso adicional va a tener que desembolsar plata para pagar esto...no es negocio.
No digo que esté bien pero el SII debe mirar a los grandes y no esquilmar a los chicos...que es lo que habitualmente hace.
Lo que dice las ley.
Las viviendas DFL-2, de 1959, el mayor valor obtenido en la venta de viviendas económicas, acogidas al D.F.L. N° 2 de 1959 no le cabe la exención , siendo aplicable el régimen general sobre esta materia que dispone el N ° 8 del artículo 17 en su letra b) e inciso penúltimo y final de la ley de la renta, en concordancia con lo dispuesto por el artículo 18 de la misma ley.
La situación tributaria de estos ingresos, en caso de arriendo, es la siguiente:
a.- disposiciones hasta el 31.10.2010
Las Personas Naturales, Sociedades Limitadas y Sociedades Anónimas no deben tributar por el arrendamiento de un DFL-2, de 1959, destinado a la habitación, puesto que los ingresos que produzcan este tipo de bienes raíces son "no constitutivos de renta", independiente del tipo jurídico de la persona que los explota.
b.- disposiciones a contar del 01.11.2010
Las Personas Naturales, no deben tributar por el arrendamiento de un DFL-2, de 1959, destinado a la habitación, puesto que los ingresos que produzcan este tipo de bienes raíces son "no constitutivos de renta",
hasta por un máximo de dos viviendas adquiridas nuevas o usadas.
http://www.sii.cl/preguntas_frecuentes/renta/001_002_0637.htm