Autor Tema: reincidencia  (Leído 7305 veces)

Desconectado luisrojas

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reincidencia
« en: Mayo 27, 2014, 10:17:20 am »
  señores junto con saludar les quisiera preguntar si alguien me puede aclarar algunas dudas.... sucede que en mayo de 2013 me suspendieron la licencia por conducir en estado de ebriedad , en aquella ocasion no provoque ni daños materiales ni fisicos a nadie...

la jueza me suspendio la licencia y nada mas sin multas ni firmas " como beneficio" , el problema esque en diciembre del mismo año me encontraba en compañia de unos amigos..y amigas a orillas de un camino de campo.. estos salieron a comprar en otro auto y yo me quede con dos amigas en una camioneta de una cabina por ende yo estaba sentado en el asiento del piloto aunque la camioneta estaba en su totalidad apagada la cosa esque llegaron carabineros y por mas que les explique que yo no anadaba conduciendo que solo estabammos esperando al resto ,, me tomaron detenido y se llevaron la camioneta para la comisaria..

me llevaron al hospital me practicaron alcoholemia ( la cual no firme) , y me dejaron detenido toda la noche , dias despues pague el parte en juzgado de policia local ,,la cosa esque hasta hace unos dias me llego una citacion para el juzgado de garantia para un " procedimiento simplificado"  , donde obviamente me sacaran la reincidencia  por la conduccion en esado de ebriedad , la fiscal pide de condena para mi " presidio menor en su grado minimo" , multa de 10 utm y dos años de suspencion ..y entre los antecedentes de medio de prueba o para presentar sale el parte anterior por la misma causa, alguien que me pueda decir a que me arriesgo.. ¿ PRISION?..multas?.. cualquier ayuda o aclaracion se les agradeceria .. la verdad esque me tiene bastante preocupado saludos
« Última modificación: Mayo 27, 2014, 16:17:21 pm por Payaso »

Desconectado Cacike

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Re:reincidencia
« Respuesta #1 en: Mayo 27, 2014, 10:25:46 am »
Prision no, multa y firma seguramente... algo asi, suspension de licencia tambien y eso

Salud  :truestory:

Desconectado luisrojas

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Re:reincidencia
« Respuesta #2 en: Mayo 27, 2014, 10:34:10 am »
la multa debe ser la cara entonces?.. que podria hacer hay... estoi cesante y estudio 4 año de universidad

Desconectado Belcebu

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Re:reincidencia
« Respuesta #3 en: Mayo 27, 2014, 10:52:54 am »
Tranquilo, que preso no te vas a ir,menos aun que no mataste a nadie, ni el asesino herrera ta preso y eso que el mato a una persona curao, despues  lo pillaron manejando curao denuevo con licencia falsa y despues lo volvieron a pillar manejando, y va a ir al mundial incluso.

La unica forma que tienes de irte preso es que curado choques el auto del juez que te toque, si no, es imposible que te den cumplimiento efectivo por simplemente ir curado manejando

Desconectado Melko

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Re:reincidencia
« Respuesta #4 en: Mayo 27, 2014, 11:00:01 am »
Bienvenido amigo curagüilla.

 :sevel:

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Re:reincidencia
« Respuesta #5 en: Mayo 27, 2014, 11:32:33 am »
la multa debe ser la cara entonces?.. que podria hacer hay... estoi cesante y estudio 4 año de universidad

que estudias? :??

Desconectado LEX

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Re:reincidencia
« Respuesta #6 en: Mayo 27, 2014, 14:27:21 pm »
Estimado:

Antes de darte un respuesta al voleo sería bueno si nos cuentas la fecha de la primera conducción y la fecha en que llegaste, al parecer, a una suspensión condicional del procedimiento y/o bien que nos digas de qué forma terminó el juicio, ya que a lo mejor sólo estás con cautelar y este primer juicio no termina aún.

A su vez también es necesario saber la fecha de la segunda conducción y la fecha de la audiencia.

Conforme a lo anterior se te puede dar una respuesta más detallada.

Saludos cordiales,


Desconectado Panda

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Re:reincidencia
« Respuesta #7 en: Mayo 27, 2014, 14:58:20 pm »
que estudias? :??

estudia?

Prision no, multa y firma seguramente... algo asi, suspension de licencia tambien y eso

Salud  :truestory:

salud poh, hajahahah :D

Bienvenido amigo curagüilla.

 :sevel:


Bienvenido :hi:

Desconectado luisrojas

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Re:reincidencia
« Respuesta #8 en: Mayo 27, 2014, 15:31:48 pm »

Estimado:

Antes de darte un respuesta al voleo sería bueno si nos cuentas la fecha de la primera conducción y la fecha en que llegaste, al parecer, a una suspensión condicional del procedimiento y/o bien que nos digas de qué forma terminó el juicio, ya que a lo mejor sólo estás con cautelar y este primer juicio no termina aún.

A su vez también es necesario saber la fecha de la segunda conducción y la fecha de la audiencia.

Conforme a lo anterior se te puede dar una respuesta más detallada.

Saludos cordiales,

estimado la fecha de la primara conduccion fue el 7 de diembre de 2012 y el juicio  y suspencion de esa fue el 15 de mayo de 2013 , en ese juicio me dijeron que como beneficio  solo me quitarian la licencia y nada mas .... que no podia mandarme ningun pastelazo y que mi hoja de antecedentes quedaria intacta ..... la fecha del segundo juicio es el 15 de diciembre de 2013  y la citacion me llego el 20 de mayo con fecha de presentacion el 19 de junio del presente año .... quedo atento a sus comentarios
« Última modificación: Mayo 27, 2014, 16:21:21 pm por Payaso »

Desconectado luisrojas

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Re:reincidencia
« Respuesta #9 en: Mayo 27, 2014, 15:32:37 pm »
construccion civil
que estudias? :??

Desconectado Payaso

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Re:reincidencia
« Respuesta #10 en: Mayo 27, 2014, 16:20:15 pm »
hola , solo te separé el post inicial basicamente para poder leerlo ... cacique y lex aportan bastante en este foro , ojala te puedan ayudar .

Saludos  y bienvenido ;)
ahh y te arregle unos post  que no se entendian ;) debes responder fuera de la quote  ;)  saludos de nueo  :thumbsup:
« Última modificación: Mayo 27, 2014, 16:22:04 pm por Payaso »
Dato de mecanico Fiat en Concepcion , consultar por MP
 http://i60.tinypic.com/2dvrdzb.png
tomar plantilla para firma acá ;)
quieres ayudar al foro y no sabes como? , sólo desactiva el adblock :D

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Re:reincidencia
« Respuesta #11 en: Mayo 27, 2014, 17:16:17 pm »
estimado la fecha de la primara conduccion fue el 7 de diembre de 2012 y el juicio  y suspencion de esa fue el 15 de mayo de 2013 , en ese juicio me dijeron que como beneficio  solo me quitarian la licencia y nada mas .... que no podia mandarme ningun pastelazo y que mi hoja de antecedentes quedaria intacta ..... la fecha del segundo juicio es el 15 de diciembre de 2013  y la citacion me llego el 20 de mayo con fecha de presentacion el 19 de junio del presente año .... quedo atento a sus comentarios

Te van a condenar. Pero vas a quedar firmando.

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Desconectado ROMMEL

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Re:reincidencia
« Respuesta #12 en: Mayo 27, 2014, 20:45:37 pm »
Melko, Dragster, Panda, lean el nuevo reglamento. La marcha blanca es corta, a la próxima se van advertidos.
No vivas tanto dando explicaciones. Tus amigos no las necesitan, tus enemigos no las creen y los idiotas no las entienden

Desconectado luisrojas

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Re:reincidencia
« Respuesta #13 en: Mayo 27, 2014, 23:16:54 pm »
hola , solo te separé el post inicial basicamente para poder leerlo ... cacique y lex aportan bastante en este foro , ojala te puedan ayudar .

Saludos  y bienvenido ;)
ahh y te arregle unos post  que no se entendian ;) debes responder fuera de la quote  ;)  saludos de nueo  :thumbsup:
hola gracias... por la ayuda y correcciones toda ayuda sirve gracias

Desconectado LEX

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Re:reincidencia
« Respuesta #14 en: Mayo 28, 2014, 15:02:48 pm »
Ok.

Por lo que entiendo, el fiscal te está requiriendo en un procedimiento simplificado (acusación).

Conforme a la pena que te está pidiendo es el mínimo para el delito que te imputa (61 a 540 días de cárcel). En el requerimiento que te notificaron no deben aparecer como agravante específica el caso de la conducción anterior por dos motivos: a) te pediría una pena mayor de cárcel y B) Te tendría que haber pedido 5 años de suspensión de la licencia de conducir por ser reincidente, y conforme nos indicas sólo te está pidiendo 2 años de suspensión de la licencia, es decir, lo mínimo.

Ahora ojo, si tu defensor tiene muñeca puede hinchar al fiscal para que te den una nueva suspensión condicional del procedimiento (es difícil, porque dentro del período de observación de 1 año, te pillaron de nuevo). El fiscal ya te hizo el favor de no formalizarte para que no te dejasen sin efecto la SCP anterior, si lo hubiese hecho ahora tendrías dos juicios abiertos. Que tu defensor lo intente aunque las posibilidades sean mínimas.

Si te llegan a condenar puede ser en un juicio efectivo donde el fiscal debe acreditar lo que indica en el requerimiento o bien aceptando responsabilidad en un juicio simplificado: Para no cumplir con cárcel tu abogado defensor debe pedir una pena sustitutiva al cumplimiento efectivo (antes llamados beneficios). La suspensión de la licencia de conducir no va ser menos que 2 años (los mismos dos años te van a suspender si se logra una SCP).

En cuanto a la multa tu defensor pedirá que te condenen al mínimo (2 UTM), alrededor de 80 lucas y dado que eres estudiante se puede pedir que las pagues en cuotas. Lleva a la audiencia todos los documentos que acrediten que estás estudiando.

En cuanto a las costas hay una diferencia entre aceptar responsabilidad o ir a juicio. En el primer caso no te condenan a pagar nada, en el segundo te condenarán a pagar en definitiva los gastos de un juicio (hora hombre de peritos, carabineros, etc.)

Por último y como recomendación: Carabineros puede practicar exámenes de alcoholemias a TODA persona que crea fundadamente que se apresta a conducir un vehículo. Por eso NUNCA te pongas al volante de un vehículo aunque el motor se encuentre apagado en caso de que hayas tomado copete. Es más, incluso te podrían haber practicado alcoholemia por el solo hecho de abrir la puerta del piloto para subirte al vehículo. En todo caso, aquí la pena que te deben aplicar incluso es un poco más baja.

Saludos cordiales y suerte.

Desconectado SPEADY

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Re:reincidencia
« Respuesta #15 en: Mayo 28, 2014, 15:39:25 pm »

Ok.

Por lo que entiendo, el fiscal te está requiriendo en un procedimiento simplificado (acusación).

Conforme a la pena que te está pidiendo es el mínimo para el delito que te imputa (61 a 540 días de cárcel). En el requerimiento que te notificaron no deben aparecer como agravante específica el caso de la conducción anterior por dos motivos: a) te pediría una pena mayor de cárcel y B) Te tendría que haber pedido 5 años de suspensión de la licencia de conducir por ser reincidente, y conforme nos indicas sólo te está pidiendo 2 años de suspensión de la licencia, es decir, lo mínimo.

Ahora ojo, si tu defensor tiene muñeca puede hinchar al fiscal para que te den una nueva suspensión condicional del procedimiento (es difícil, porque dentro del período de observación de 1 año, te pillaron de nuevo). El fiscal ya te hizo el favor de no formalizarte para que no te dejasen sin efecto la SCP anterior, si lo hubiese hecho ahora tendrías dos juicios abiertos. Que tu defensor lo intente aunque las posibilidades sean mínimas.

Si te llegan a condenar puede ser en un juicio efectivo donde el fiscal debe acreditar lo que indica en el requerimiento o bien aceptando responsabilidad en un juicio simplificado: Para no cumplir con cárcel tu abogado defensor debe pedir una pena sustitutiva al cumplimiento efectivo (antes llamados beneficios). La suspensión de la licencia de conducir no va ser menos que 2 años (los mismos dos años te van a suspender si se logra una SCP).

En cuanto a la multa tu defensor pedirá que te condenen al mínimo (2 UTM), alrededor de 80 lucas y dado que eres estudiante se puede pedir que las pagues en cuotas. Lleva a la audiencia todos los documentos que acrediten que estás estudiando.

En cuanto a las costas hay una diferencia entre aceptar responsabilidad o ir a juicio. En el primer caso no te condenan a pagar nada, en el segundo te condenarán a pagar en definitiva los gastos de un juicio (hora hombre de peritos, carabineros, etc.)

Por último y como recomendación: Carabineros puede practicar exámenes de alcoholemias a TODA persona que crea fundadamente que se apresta a conducir un vehículo. Por eso NUNCA te pongas al volante de un vehículo aunque el motor se encuentre apagado en caso de que hayas tomado copete. Es más, incluso te podrían haber practicado alcoholemia por el solo hecho de abrir la puerta del piloto para subirte al vehículo. En todo caso, aquí la pena que te deben aplicar incluso es un poco más baja.

Saludos cordiales y suerte.

Consulta...eso aplica también cuando alguien está sin licencia en el asiento del conductor? Un menor de edad por ejemplo.

Lo digo porque una vez me subí a mi auto y justo andaba un carabinero dando vueltas...como me vieron la cara de pendejo fue a pedirle la licencia y todo...justo fue como una semana después de haber cumplido los 18 jajaja pero quedé con la duda de que hubiera pasado en caso de no haber tenido licencia.

Saludos,


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Desconectado Belcebu

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Re:reincidencia
« Respuesta #16 en: Mayo 28, 2014, 16:36:19 pm »
el estar en el asiento del conductor  signific que te aprestas a conducir

Desconectado luisrojas

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Re:reincidencia
« Respuesta #17 en: Mayo 29, 2014, 02:18:10 am »
Ok.

Por lo que entiendo, el fiscal te está requiriendo en un procedimiento simplificado (acusación).

Conforme a la pena que te está pidiendo es el mínimo para el delito que te imputa (61 a 540 días de cárcel). En el requerimiento que te notificaron no deben aparecer como agravante específica el caso de la conducción anterior por dos motivos: a) te pediría una pena mayor de cárcel y B) Te tendría que haber pedido 5 años de suspensión de la licencia de conducir por ser reincidente, y conforme nos indicas sólo te está pidiendo 2 años de suspensión de la licencia, es decir, lo mínimo.

Ahora ojo, si tu defensor tiene muñeca puede hinchar al fiscal para que te den una nueva suspensión condicional del procedimiento (es difícil, porque dentro del período de observación de 1 año, te pillaron de nuevo). El fiscal ya te hizo el favor de no formalizarte para que no te dejasen sin efecto la SCP anterior, si lo hubiese hecho ahora tendrías dos juicios abiertos. Que tu defensor lo intente aunque las posibilidades sean mínimas.

Si te llegan a condenar puede ser en un juicio efectivo donde el fiscal debe acreditar lo que indica en el requerimiento o bien aceptando responsabilidad en un juicio simplificado: Para no cumplir con cárcel tu abogado defensor debe pedir una pena sustitutiva al cumplimiento efectivo (antes llamados beneficios). La suspensión de la licencia de conducir no va ser menos que 2 años (los mismos dos años te van a suspender si se logra una SCP).

En cuanto a la multa tu defensor pedirá que te condenen al mínimo (2 UTM), alrededor de 80 lucas y dado que eres estudiante se puede pedir que las pagues en cuotas. Lleva a la audiencia todos los documentos que acrediten que estás estudiando.

En cuanto a las costas hay una diferencia entre aceptar responsabilidad o ir a juicio. En el primer caso no te condenan a pagar nada, en el segundo te condenarán a pagar en definitiva los gastos de un juicio (hora hombre de peritos, carabineros, etc.)

Por último y como recomendación: Carabineros puede practicar exámenes de alcoholemias a TODA persona que crea fundadamente que se apresta a conducir un vehículo. Por eso NUNCA te pongas al volante de un vehículo aunque el motor se encuentre apagado en caso de que hayas tomado copete. Es más, incluso te podrían haber practicado alcoholemia por el solo hecho de abrir la puerta del piloto para subirte al vehículo. En todo caso, aquí la pena que te deben aplicar incluso es un poco más baja.

Saludos cordiales y suerte.
hola lex muchas gracias por tu tiempo y disposicion de responder y ayudarme .. mira te cuento en la hoja que me llego dice "  interpongo requerimiento en  procedimiento simplificado en contra  de don ... "

 en otra hoja dice :" calificación jurídica : a juicio de esta fiscalia los hechos descritos son constitutivos de delito de manejo en estado de ebriedad , hecho punible previsto y sancionado en el articulo 110 de la ley del transito en relación con el 196 del mismo cuerpo legal , correspondiendole al imputado participación criminal en calidad de autor encontrándose el ilícito en calidad de consumado.

otra hoja: "circunstancias modificatorias de responsabilidad penal; a juicio de esta fiscalia , respecto del requerido concurre la siguiente circunstancia modificatoria de la responsabilidad penal contemplada en el articulo 11 N° 6 del codigo penal

"pena solicitada": el ministerio publico solicita que el imputado sea condenado en definitiva en calidad de autor del delito de manejo en estado de ebriedad causando daños y lesiones con la pena  de 300 dias de presidio menor en su grado minimo , al pago de una multa de 10 utm y a la suspension de la licencia  de conducir por 2 años en conformidad al articulo 196 de la ley 18.290a a suspensión de licencia y trabajos de cargos públicos y todo eso.. y al pago de las costas

y en otra hoja aparece : ruego a US se sirva tner por presentado requerimiento en procedimiento simplificado en contra de don ..... ya individualizado  bla bla bla
 mas abajo
PRIMER OTROSI: citan a los testigos  y peritos y aparece el nombre de dos carabineros
¿van a citar altiro a estos personajes?

ahora por lo que logro entender según me lo explicas... yo debería asumir responsabilidad para que así quedara en ese juicio simplificado  nada mas y mi defensor debiese pedir una pena sustitutiva a la cárcel ,¿firmas?.... ahora si no asumo responsabilidad habra un juicio efectivo en el que traerán a los carabineros , peritos y todo eso.,, y hay tendré que pagar las costas de eso , en el peor de los casos mi condena sera de firmas , suspensión y multa?, ¿porque en el párrafo de pena solicitada dice "causando daños y lesiones" si yo no dañe nada ni a nadie?

Desconectado LEX

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Re:reincidencia
« Respuesta #18 en: Mayo 29, 2014, 09:55:18 am »
Hola:

Efectivamente el fiscal te está pidiendo penas dentro de los rangos mínimos. Pero se pueden bajar un poco más.

El 11 nº 6 es una atenuante que significa que no tienes condenas anteriores y por tanto el fiscal reconociendo dicha atenuante te está pidiendo 300 días (y no los 540 días) que es la pena máxima que te podrían aplicar.

En cuanto a la accesoria de multa y suspensión de la licencia me remito a lo ya indicado anteriormente.

Ahora conforme lo indicas el requerimiento tiene un vicio como lo es el que te acusaron por un delito distinto al que cometiste. Esto si bien puede tener incidencia por una falta de congruencia al momento de la sentencia el tribunal puede recalificar el delito por el correcto. En este escenario manifiéstaselo a tu abogado defensor para que el fiscal modifique en la misma audiencia el requerimiento.

En todo caso, te insisto en que como no tienes condenas anteriores y tu SCP anterior no fue revocada (por lo que nos has dicho) podrías incluso acceder a otra suspensión condicional sin que importe una condena en tu contra.

En caso que no se pueda lo anterior y te condenen tu defensor alegará la remisión condicional de la pena como pena sustitutiva, lo que en definitiva significa que puedes cumplir la pena en libertad firmando una vez al mes en Gendarmería.

Tu certificado de antecedentes no indicará que fuiste condenado (así no tendrás problemas para fines laborales). Sin perjuicio, te recomiendo que una vez que cumplas la condena sigas firmando para borrar los antecedentes de tu extracto de filiación, para que no seas reincidente a futuro.

Saludos cordiales,


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