Ok.
Por lo que entiendo, el fiscal te está requiriendo en un procedimiento simplificado (acusación).
Conforme a la pena que te está pidiendo es el mínimo para el delito que te imputa (61 a 540 días de cárcel). En el requerimiento que te notificaron no deben aparecer como agravante específica el caso de la conducción anterior por dos motivos: a) te pediría una pena mayor de cárcel y B) Te tendría que haber pedido 5 años de suspensión de la licencia de conducir por ser reincidente, y conforme nos indicas sólo te está pidiendo 2 años de suspensión de la licencia, es decir, lo mínimo.
Ahora ojo, si tu defensor tiene muñeca puede hinchar al fiscal para que te den una nueva suspensión condicional del procedimiento (es difícil, porque dentro del período de observación de 1 año, te pillaron de nuevo). El fiscal ya te hizo el favor de no formalizarte para que no te dejasen sin efecto la SCP anterior, si lo hubiese hecho ahora tendrías dos juicios abiertos. Que tu defensor lo intente aunque las posibilidades sean mínimas.
Si te llegan a condenar puede ser en un juicio efectivo donde el fiscal debe acreditar lo que indica en el requerimiento o bien aceptando responsabilidad en un juicio simplificado: Para no cumplir con cárcel tu abogado defensor debe pedir una pena sustitutiva al cumplimiento efectivo (antes llamados beneficios). La suspensión de la licencia de conducir no va ser menos que 2 años (los mismos dos años te van a suspender si se logra una SCP).
En cuanto a la multa tu defensor pedirá que te condenen al mínimo (2 UTM), alrededor de 80 lucas y dado que eres estudiante se puede pedir que las pagues en cuotas. Lleva a la audiencia todos los documentos que acrediten que estás estudiando.
En cuanto a las costas hay una diferencia entre aceptar responsabilidad o ir a juicio. En el primer caso no te condenan a pagar nada, en el segundo te condenarán a pagar en definitiva los gastos de un juicio (hora hombre de peritos, carabineros, etc.)
Por último y como recomendación: Carabineros puede practicar exámenes de alcoholemias a TODA persona que crea fundadamente que se apresta a conducir un vehículo. Por eso NUNCA te pongas al volante de un vehículo aunque el motor se encuentre apagado en caso de que hayas tomado copete. Es más, incluso te podrían haber practicado alcoholemia por el solo hecho de abrir la puerta del piloto para subirte al vehículo. En todo caso, aquí la pena que te deben aplicar incluso es un poco más baja.
Saludos cordiales y suerte.
hola lex muchas gracias por tu tiempo y disposicion de responder y ayudarme .. mira te cuento en la hoja que me llego dice " interpongo requerimiento en procedimiento simplificado en contra de don ... "
en otra hoja dice :" calificación jurídica : a juicio de esta fiscalia los hechos descritos son constitutivos de delito de manejo en estado de ebriedad , hecho punible previsto y sancionado en el articulo 110 de la ley del transito en relación con el 196 del mismo cuerpo legal , correspondiendole al imputado participación criminal en calidad de autor encontrándose el ilícito en calidad de consumado.
otra hoja: "circunstancias modificatorias de responsabilidad penal; a juicio de esta fiscalia , respecto del requerido concurre la siguiente circunstancia modificatoria de la responsabilidad penal contemplada en el articulo 11 N° 6 del codigo penal
"pena solicitada": el ministerio publico solicita que el imputado sea condenado en definitiva en calidad de autor del delito de manejo en estado de ebriedad causando daños y lesiones con la pena de 300 dias de presidio menor en su grado minimo , al pago de una multa de 10 utm y a la suspension de la licencia de conducir por 2 años en conformidad al articulo 196 de la ley 18.290a a suspensión de licencia y trabajos de cargos públicos y todo eso.. y al pago de las costas
y en otra hoja aparece : ruego a US se sirva tner por presentado requerimiento en procedimiento simplificado en contra de don ..... ya individualizado bla bla bla
mas abajo
PRIMER OTROSI: citan a los testigos y peritos y aparece el nombre de dos carabineros
¿van a citar altiro a estos personajes?
ahora por lo que logro entender según me lo explicas... yo debería asumir responsabilidad para que así quedara en ese juicio simplificado nada mas y mi defensor debiese pedir una pena sustitutiva a la cárcel ,¿firmas?.... ahora si no asumo responsabilidad habra un juicio efectivo en el que traerán a los carabineros , peritos y todo eso.,, y hay tendré que pagar las costas de eso , en el peor de los casos mi condena sera de firmas , suspensión y multa?, ¿porque en el párrafo de pena solicitada dice "causando daños y lesiones" si yo no dañe nada ni a nadie?