acá está el famoso dictamen respecto a las Ridgeline.
http://www.sii.cl/documentos/normativa_ddrr/2012/dgc/ordinario189_8365.pdfLo encuentro una tontera ya que se remiten a la norma que dice:
" son fabricados especialmente para el transporte de
mercancías, con capacidad de carga útil de hasta 2000 kilos y provistos, para tal
efecto, de una cabina y caja de carga separada, siendo su característica esencial para
la calificación tributaria, que su construcción esté acondicionada especialmente para el
transporte de mercancías, aun cuando ellas puedan permitir el transporte de más de
dos personas, si están equipadas con una doble corrida de asientos, como es el caso
de las camionetas de doble cabina."
Yo lo que entiendo es que una Ridgeline sí tiene su compartimento de carga separado de la cabina de ocupantes, ya que se encuentran separadas por la pared delantera del pickup y por el vidrio trasero... eso de que la fabricación de la carrocería sea de una o más piezas es sólo para efectos de abaratar costos de producción, cuando la misma cabina se usará para distintos equipamientos en la zona de carga. Si fuese por eso, mi Montana no sería camioneta, cuando lo es...
por otro lado, si el criterio como dice en el documento es que:
"Ello, por cuanto al observar las especificaciones técnicas de las
mismas, se tiene que si bien su estructura se encuentra acondicionada para el
transporte de carga, el confort ofrecido para el transporte de pasajeros resulta
importante en su diseño, lo cual lleva a concluir que si bien este tipo de vehículos
puede transportar carga, se encuentra principalmente acondicionado para el traslado
de pasajeros con la comodidad y confort de un vehículo construido especialmente
para tal efecto."
¿Por qué sí se permiten como camionetas las F150 Platinum, o las RAM 1500 Laramie Sport?
Si con suerte las cargan con las bolsas del supermercado, la moto o el Mastín Napolitano...