Conduce Chile
General => Ruedas => Mensaje iniciado por: Elminster en Septiembre 10, 2016, 15:21:35 pm
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Hola estimados foreros, espero se encuentren bien.
Escribo para contar mi experiencia reciente en la primera revisión técnica de mi vehículo, solicitar consejo e idealmente esperar que pueda servirle a alguien para evitar un mal rato.
Mi vehículo es un Renault Megane 3 (MT Dinamique) año 2014, comprado nuevo en DERCO. Al momento de la compra me regalaron la instalación de láminas de seguridad de la marca (DERCO), considerando un tinte polarizado diferenciado (80% vidrios traseros y 60% vidrios y lunetas delanteros). Me indicaron *EXPLÍCITAMENTE* al consultar que no habría problemas con carabineros porque la norma lo permitía en ese esquema.
Cuento corto, durante septiembre de este año se me acaba la revisión técnica (el equivalente por ser auto nuevo), por lo que lo llevamos hoy temprano a la PRT en la comuna de La Reina y, al término del proceso me indican que salió rechazado por el tinte de las láminas debido a una nueva normativa que rige desde agosto 2016.
Me dicen que no hay de otra sino sacar o cambiar las láminas por unas transparentes, ya que la nueva ley solo permite cristales fotocromados de origen, más no las láminas.
Dispongo de 15 días corridos para verlo, por lo que estoy en conversaciones con DERCO indicando que la responsabilidad es de ellos (al menos es lo que creo)
¿Qué piensan?
¿Debe DERCO hacerse responsable o por el supuesto cambio de ley ellos no tienen culpa y perdí como en la guerra?
Por mi parte insistiré y les cuento.
Saludos!
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Hola estimados foreros, espero se encuentren bien.
Escribo para contar mi experiencia reciente en la primera revisión técnica de mi vehículo, solicitar consejo e idealmente esperar que pueda servirle a alguien para evitar un mal rato.
Mi vehículo es un Renault Megane 3 (MT Dinamique) año 2014, comprado nuevo en DERCO. Al momento de la compra me regalaron la instalación de láminas de seguridad de la marca (DERCO), considerando un tinte polarizado diferenciado (80% vidrios traseros y 60% vidrios y lunetas delanteros). Me indicaron *EXPLÍCITAMENTE* al consultar que no habría problemas con carabineros porque la norma lo permitía en ese esquema.
Cuento corto, durante septiembre de este año se me acaba la revisión técnica (el equivalente por ser auto nuevo), por lo que lo llevamos hoy temprano a la PRT en la comuna de La Reina y, al término del proceso me indican que salió rechazado por el tinte de las láminas debido a una nueva normativa que rige desde agosto 2016.
Me dicen que no hay de otra sino sacar o cambiar las láminas por unas transparentes, ya que la nueva ley solo permite cristales fotocromados de origen, más no las láminas.
Dispongo de 15 días corridos para verlo, por lo que estoy en conversaciones con DERCO indicando que la responsabilidad es de ellos (al menos es lo que creo)
¿Qué piensan?
¿Debe DERCO hacerse responsable o por el supuesto cambio de ley ellos no tienen culpa y perdí como en la guerra?
Por mi parte insistiré y les cuento.
Saludos!
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Hay alguna fuente o documento que indique los cambios realizados a contar de agosto?
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derco no puede hacerse responsable por normas posteriores a la instalacion de las laminas, cuando lo instalaron era legal, punto
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Un compañero fue sábado pasado a la reina y me contó que estaban rechazando a los polarizados adelante




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Yo siempre me he preguntado cual es la diferencia entre el polarizado de fábrica y el "aftermarket" por así llamarlo. Existe diferencia?
Ahora sería bueno conocer bien cual fue el cambio
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En todas las plantas esta la indicacion por parte del mtt de rechazar a todos los vehiculos con polarizado o laminas pegadas sobre el vidrio.
Solo aceptan los vidrios tinteados de fabrica y homologados.
Esto comenzo a regir desde agosto de este año.
En la 5 region rchazaban desde hace años atras, de hecho apenas entregabas los papeles en ventanilla te preguntaban si los vidrios estaban polarizados.
Derco no tiene nada que ver aqui.
Saludos!
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es para todo el polarizado, independiente de la graduación? hay algunos que son muy sutiles
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En todas las plantas esta la indicacion por parte del mtt de rechazar a todos los vehiculos con polarizado o laminas pegadas sobre el vidrio.
Solo aceptan los vidrios tinteados de fabrica y homologados.
Esto comenzo a regir desde agosto de este año.
En la 5 region rchazaban desde hace años atras, de hecho apenas entregabas los papeles en ventanilla te preguntaban si los vidrios estaban polarizados.
Derco no tiene nada que ver aqui.
Saludos!
Por eso mi duda: Yo pregunté explícitamente si era una posible fuente de problemas y me dijeron que no. Si la norma cambió después de eso, perdí, pero si ya estaba en vigencia, la responsabilidad es de ellos (creo yo)
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El 4008 trae de fábrica y pasó recien sin problemas
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Tal vez aguanten de la mitad hacia atrás y en los vidrios delanteros los rechazan
Si es por eso deberían rechazar a los xenón after market tb
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Por eso mi duda: Yo pregunté explícitamente si era una posible fuente de problemas y me dijeron que no. Si la norma cambió después de eso, perdí, pero si ya estaba en vigencia, la responsabilidad es de ellos (creo yo)
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La norma creo comenzo a regir en agosto pasado, por lo que lamentablemente en el momento que las instalaste si eran aceptadas.
Saludos!
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La norma creo comenzo a regir en agosto pasado, por lo que lamentablemente en el momento que las instalaste si eran aceptadas.
Saludos!
Como en la guerra entonces jejeje :(
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y que pasa en el caso de ser homologado por la marca ?
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espero que no sea tarde. mi mama lleva la kia carens a la revisión técnica que esta en las condes, siempre aprueba con el polarizado, en viña la rechazan, queda en Avda. Las Condes N° 10680. nada pierdes con intentar, podrias llamar antes de ir
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Mi auto tiene láminas instaladas en los 5 vidrios oscuras y pasó sin problemas
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Les cuento que en conversaciones (muy en buena onda) con servicio al cliente de DERCO, al parecer van a ingresar las láminas en garantía, incluso dándome la opción de buscar un servicio DERCO cerca de mi casa.
E insisto en que ha sido una conversa muy en buena y son insistencia (hasta ahora)...
Les cuento como sigue la historia.
Saludos!
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Lo razonable es que se hicieran cargo considerando la fecha de publicación de la ley en el diario oficial que siempre es anterior a la entrada en vigencia, si la compra fue antes apelar a la buena voluntad pero si fue después ellos están obligados a conocerla (bueno, todos estamos obligados a conocer las leyes una vez estas se publican)
tienen más antecedentes de esa ley? estaría bueno saberlo no tenía idea que hubiese cambiado.
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yo creo que da para largo conversar sobre que entendemos por... "de fabrica", no entramos a hablar sobre la ley de polarizados que da para otro debate, por lo que comenta el usuario a un vehículo ya en el país (homologado y y listo para vender) se le agregaron laminas por cuenta de derco, yo creo que por ese lado están actuando de buena forma en hacerlo pasar como garantía pero mas que nada para evitarse problemas por algo que ellos instalaron y no viene de fabrica, para mi de fabrica seria que el vidrio mismo viniera tinteado en la fabricacion propia incluso antes de que el auto fuese ensamblado, lo demas es aftermarket lo ponga juanito a la vuelta o lo ponga derco...
yo tengo el auto chico polarizado, asumo que si me pasan un parte hay que agachar el moño, uno se informa de lo que hace, por otro lado ya he pasado dos controles de rutina con carabineros y ni me han mencionado el tema, supongo que cada cierto tiempo el mtt y por consiguiente las prt se ponen pesadas con el tema, pero les dura un tiempo y despues se olvidan, lo unico seguro es que tecnicamente estamos en una falta a la ley de transito....
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La ley 18.290 señala
"Prohíbense los vidrios oscuros o polarizados, salvo los que se contemplen en el Reglamento."
Ahora bien, el decreto N° 22/2006 del Ministerio de Transporte indica que:
"Los vehículos, cualquiera sea el año de fabricación anotado en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación y que de fábrica cuenten con vidrios de seguridad que cumplan con alguna de las normas de la Resolución 48/2000 citada y cuyo texto disponga la posibilidad de usar vidrios oscurecidos, podrán utilizar estos últimos siempre que se trate de vidrios distintos al parabrisas y de los vidrios de las puertas delanteras, cuando se trate de vehículos livianos y medianos, y de los de visión directa del conductor, en el caso de los vehículos pesados."
por lo cual estaría permitido, bajo las condiciones antes descritas.
igual queda a "criterio" del carabinero y la planta de revisión técnica.
por lo menos acá en Rancagua, depende la luna del "señor" que te revise el auto.... (no estoy weviando)
saludos.
y miren lo que pasa en otros paises.... :chan: :trollface: :okay:
http://www.diariocambio.com.mx/2015/secciones/metropolis/item/6612-caceria-vs-vehiculos-polarizados-solo-sera-legal-hasta-agosto (http://www.diariocambio.com.mx/2015/secciones/metropolis/item/6612-caceria-vs-vehiculos-polarizados-solo-sera-legal-hasta-agosto)
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Que completo y preciso el comentario :thumbsup:
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modificaron la ley???
me recuerdo que antes el parrafo decia algo asi como "impedir la vision directa o clara hacia el conductor" por eso pasaban los polarizados claros y algunos mas oscuros...
:( me queda revision hasta el 2017 pero igual es una lata .. los vidrios polarizados ayudan bastante a no quemarse cuando uno va manejando y el AC enfria bastante mas
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Si nos vamos a la ley de transito 18.290 (incluida la modificación con la ley 20.068) esta dice
Artículo 79.- Los vehículos motorizados según tipo
y clase estarán provistos, además, de los siguientes
elementos:
1.- Vidrios de seguridad que permitan una perfecta
visibilidad desde y hacia el interior del vehículo.
Prohíbense los vidrios oscuros o polarizados, salvo
los que se contemplen en el Reglamento.
Prohíbese la colocación en ellos de cualquier
objeto que impida la plena visual.
Por su parte el decreto 22 del 20 de mayo de 2006 menciona
Artículo 16º.- Los vidrios de los vehículos livianos, medianos y pesados, definidos en los Decretos Supremos Nºs. 211, de 1991, y 54 y 55, de 1994, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones deberán cumplir con las normas de seguridad que se describen en la Resolución Nº 48, de 2000, del mismo Ministerio. Dicha exigencia será obligatoria para los vehículos cuyo año de fabricación anotado en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación, sea 2007 o posterior. Los vehículos, cualquiera sea el año de fabricación anotado en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación y que de fábrica cuenten con vidrios de seguridad que cumplan con alguna de las normas de la Resolución 48/2000 citada y cuyo texto disponga la posibilidad de usar vidrios oscurecidos, podrán utilizar estos últimos siempre que se trate de vidrios distintos al parabrisas y de los vidrios de las puertas delanteras, cuando se trate de vehículos livianos y medianos, y de los de visión directa del conductor, en el caso de los vehículos pesados.
No hay aparentemente ninguna normativa nueva (no pille ninguna en mi búsqueda) por lo que me huele mas a un memo que mandaron desde la seremi de transportes, a las plantas de revisión técnicas para que rechacen a los autos polarizados. Sumándose quizás, al tema de la agenda corta anti delincuencia :aysi:
Eso me recuerda a este viejo reportaje
http://www.racing5.cl/2009/01/el-fin-de-los-vidrios-polarizados/ (http://www.racing5.cl/2009/01/el-fin-de-los-vidrios-polarizados/)
Y que pasa con los autos de carabineros, PDI e incluso gendarmeria que estan polarizados??? ellos tambien debiesen cumplir la ley????? :seriously: :seriously: :seriously: :seriously: :seriously: :seriously: :seriously: :seriously: :seriously:
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para salir de todas las dudas, le envié un correo a un amigo que trabaja fiscalizando en MTT acá en Rancagua,
espero me lo responda hoy y asi aclaramos dudas, se que en la PRT de esta ciudad rechazan vidrios, pero si sales con RT ok,(sea mula o pasaste con los vidrios abajo :trollface:) y te para un Cops, te van multar igual. :cop2:
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En todo caso, la ley siempre ha sido así, que los cop hagan vista gorda y -hasta ahora- las PRT tb es otra cosa.
Yo seré uno de los afectados cuando me toque la RT, pero como reza la canción "no cometas el crimen varón, si no vas a cumplir la condena"
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me respondió el correo mi amigo del MTT....
les dejo el link original también, aparacen varios articulos más....
https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=249803 (https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=249803)
para ahorrar entrar al link, acá esta lo que dice....
DISPONE REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS SISTEMAS DE FRENOS, LUCES, SEÑALIZADORES, APARATOS SONOROS, VIDRIOS, DISPOSITIVOS DE EMERGENCIA Y RUEDA DE REPUESTO CON QUE DEBERAN CONTAR LOS VEHICULOS MOTORIZADOS; FIJA CARACTERÍSTICAS A CASCO PARA CICLISTAS Y REGLAMENTA USO DE TELEFONO CELULAR EN VEHICULOS MOTORIZADOS
Núm. 22.- Santiago, 21 de febrero de 2006.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32º número 6º, de la Constitución Política de la República de Chile; la ley Nº 18.059; el artículo 3º de la ley Nº 18.696; la ley Nº 18.290, de Tránsito; la ley Nº 20.068 que modifica la ley Nº 18.290, de Tránsito, y demás normas pertinentes.
Artículo 16º.- Los vidrios de los vehículos livianos, medianos y pesados, definidos en los Decretos Supremos Nºs. 211, de 1991, y 54 y 55, de 1994, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones deberán cumplir con las normas de seguridad que se describen en la Resolución Nº 48, de 2000, del mismo Ministerio. Dicha exigencia será obligatoria para los vehículos cuyo año de fabricación anotado en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación, sea 2007 o posterior. Los vehículos, cualquiera sea el año de fabricación anotado en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación y que de fábrica cuenten con vidrios de seguridad que cumplan con alguna de las normas de la Resolución 48/2000 citada y cuyo texto disponga la posibilidad de usar vidrios oscurecidos, podrán utilizar estos últimos siempre que se trate de vidrios distintos al parabrisas y de los vidrios de las puertas delanteras, cuando se trate de vehículos livianos y medianos, y de los de visión directa del conductor, en el caso de los vehículos pesados.
osea que: para autos y vehículos particulares el parabrisas, vidrios delanteros y luneta NO puede ir polarizado ni oscurecido, solo si el vidrio viene de fábrica con algun grado mas oscuro, pasa.
en vehículos de transporte, polarizados, oscurecidos y similares, están prohibidos en cualquiera de sus vidrios.
y efectivamente el MTT a nivel nacionál, esta enviando Oficios a las PRT, Fiscalizadores y Carabinerospara disminuir el uso de vidrios oscuros, luces que infrinja la ley, escapes libres o similares y todo tipo de accesorio que pueda provocar accidentes.
NO se si acá en esta ciudad hay alguna ordenanza municipal para esto, pero si nos apegamos a la ley, queda a "criterio" del carabinero al ser fiscalizado o de la PRT al ser revisado el vehículo en cuestión.
saludos.
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Y que pasa con los autos de carabineros, PDI e incluso gendarmeria que estan polarizados??? ellos tambien debiesen cumplir la ley????? :seriously: :seriously: :seriously: :seriously: :seriously: :seriously: :seriously: :seriously: :seriously:
Es en serio la pregunta??
Porque es tan absurda como que una ambulancia o un carro de bomberos tenga restricción vehicular
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Es en serio la pregunta??
Porque es tan absurda como que una ambulancia o un carro de bomberos tenga restricción vehicular
:risa2: :risa2: :risa2: :risa2: :risa2: :risa2:
exactamente.....
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me respondió el correo mi amigo del MTT....
les dejo el link original también, aparacen varios articulos más....
https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=249803 (https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=249803)
para ahorrar entrar al link, acá esta lo que dice....
DISPONE REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS SISTEMAS DE FRENOS, LUCES, SEÑALIZADORES, APARATOS SONOROS, VIDRIOS, DISPOSITIVOS DE EMERGENCIA Y RUEDA DE REPUESTO CON QUE DEBERAN CONTAR LOS VEHICULOS MOTORIZADOS; FIJA CARACTERÍSTICAS A CASCO PARA CICLISTAS Y REGLAMENTA USO DE TELEFONO CELULAR EN VEHICULOS MOTORIZADOS
Núm. 22.- Santiago, 21 de febrero de 2006.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32º número 6º, de la Constitución Política de la República de Chile; la ley Nº 18.059; el artículo 3º de la ley Nº 18.696; la ley Nº 18.290, de Tránsito; la ley Nº 20.068 que modifica la ley Nº 18.290, de Tránsito, y demás normas pertinentes.
Artículo 16º.- Los vidrios de los vehículos livianos, medianos y pesados, definidos en los Decretos Supremos Nºs. 211, de 1991, y 54 y 55, de 1994, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones deberán cumplir con las normas de seguridad que se describen en la Resolución Nº 48, de 2000, del mismo Ministerio. Dicha exigencia será obligatoria para los vehículos cuyo año de fabricación anotado en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación, sea 2007 o posterior. Los vehículos, cualquiera sea el año de fabricación anotado en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación y que de fábrica cuenten con vidrios de seguridad que cumplan con alguna de las normas de la Resolución 48/2000 citada y cuyo texto disponga la posibilidad de usar vidrios oscurecidos, podrán utilizar estos últimos siempre que se trate de vidrios distintos al parabrisas y de los vidrios de las puertas delanteras, cuando se trate de vehículos livianos y medianos, y de los de visión directa del conductor, en el caso de los vehículos pesados.
osea que: para autos y vehículos particulares el parabrisas, vidrios delanteros y luneta NO puede ir polarizado ni oscurecido, solo si el vidrio viene de fábrica con algun grado mas oscuro, pasa.
en vehículos de transporte, polarizados, oscurecidos y similares, están prohibidos en cualquiera de sus vidrios.
y efectivamente el MTT a nivel nacionál, esta enviando Oficios a las PRT, Fiscalizadores y Carabinerospara disminuir el uso de vidrios oscuros, luces que infrinja la ley, escapes libres o similares y todo tipo de accesorio que pueda provocar accidentes.
NO se si acá en esta ciudad hay alguna ordenanza municipal para esto, pero si nos apegamos a la ley, queda a "criterio" del carabinero al ser fiscalizado o de la PRT al ser revisado el vehículo en cuestión.
saludos.
estoy hasta el loleeeeee, pero para los autos que quedan todo el dia al sol, pta que ayuda!!! :'(
el mio trae vidrios tinteados, pero es como nada
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pero si los colores oscuros absorben calor...si quieres que el auto no se caliente tanto y el interior se dañe menos con el sol tienes que poner láminas con buen filtro UV, no es necesario que sean tinteadas...
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pero si los colores oscuros absorben calor...si quieres que el auto no se caliente tanto y el interior se dañe menos con el sol tienes que poner láminas con buen filtro UV, no es necesario que sean tinteadas...
pero la luz(calor) pasa igual con algo transparente, las mias no son full negras pero ayudan N, sobre todo con asientos de "cuero" :-[
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pero la luz(calor) pasa igual con algo transparente, las mias no son full negras pero ayudan N, sobre todo con asientos de "cuero" :-[
Compra unas buenas po! Ajajaja
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Yo puse laminas claras, pero tinteadas al fin y al cabo.
Si me rechazan, es muy webeado sacarlas?
Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
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Yo puse laminas claras, pero tinteadas al fin y al cabo.
Si me rechazan, es muy webeado sacarlas?
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no creo que tanto la de los laterales, pero la de la luneta.. :??, mas encima en mi caso sacaron los vidrios para ponerlas y son laminas gruesas :-[, weno, al primer parte saco las de adelante, al segundo parte las saco todas :fuckyea:
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no creo que tanto la de los laterales, pero la de la luneta.. :??, mas encima en mi caso sacaron los vidrios para ponerlas y son laminas gruesas :-[, weno, al primer parte saco las de adelante, al segundo parte las saco todas :fuckyea:
la prohibicion no afecta a la luneta
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Que paja, yo quería colocar laminas al swift nuevo, ¿se pueden colocar transparentes aunque sea?
Saludos. :alone:
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Es en serio la pregunta??
Porque es tan absurda como que una ambulancia o un carro de bomberos tenga restricción vehicular
Ojo no es tan descabellada del todo, es mas para argumentar te cito el reglamento general de carabineros; pero específicamente en la ultima actualizacion del 2009
http://www.carabineros.cl/transparencia/transparencia2009/_20Reglamento.pdf (http://www.carabineros.cl/transparencia/transparencia2009/_20Reglamento.pdf)
CAPÍTULO II
NORMAS GENERALES SOBRE EL USO DE LOS VEHÍCULOS
4.- NORMAS DE CONDUCCIÓN.
a. El manejo de los vehículos de Carabineros quedará sujeto a las normas de conducción, derecho a vía, velocidades y otras que establece la Ley de Tránsito Nº 18.290 de 1984.
b. Ante una emergencia, los conductores quedan facultados para hacer uso de los medios audibles y visibles del vehículo, previa ponderación de la urgencia en el procedimiento, que será hecha por el superior que dio la orden, por el Jefe de Patrulla, previo análisis de la situación, o en su defecto, por la Central de Comunicaciones donde hubiere.
c. Queda estrictamente prohibido hacer uso de estos medios en otras circunstancias, debiendo en todo caso, respetarse todas las normas relativas a la conducción que establece el Título IX, artículo 146 de la Ley de Tránsito Nº 18.290 de 1984.
La letra a deja mas que claro lo que menciono. Ojo que los vehículos policiales no son especiales y tambien deben ceñirse a la ley del transito y si hilamos mas fino tambien los afecta el tema de los polarizados (a un amigo usando esta artimaña le logramos sacar un parte ante el juez, llevandole fotos de patrullas de OS-10 con vidrios oscurecidos)
Y para reafirmar lo que menciono el art 1 de la ley de transito menciona que....
Artículo 1°.- A la presente ley quedarán sujetas todas las personas que como peatones, pasajeros o conductores de cualquiera clase de vehículos, usen o transiten por los caminos, calles y demás vías públicas, rurales o urbanas, caminos vecinales o particulares destinados al uso público, de todo el territorio de la República.
Asimismo, se aplicarán estas normas, en lo que fueren compatibles, en aparcamientos y edificios de estacionamientos y demás lugares de acceso público.
Carabineros usan la licencia F y para obtenerla la misma ley menciona que es el director de transito, el autorizado a otorgar este tipo de licencias.
Y en cuanto a la velocidad ni carabineros, Bomberos, PDI, etc pueden exceder de la velocidad establecida dentro de la misma ley.
TITULO XII
DE LA VELOCIDAD
Artículo 148.- Ninguna persona podrá conducir un vehículo a una velocidad mayor de la que sea razonable y prudente, bajo las condiciones existentes, debiendo considerar los riesgos y peligros presentes y los posibles.
En todo caso, la velocidad debe ser tal, que permita controlar el vehículo cuando sea necesario, para evitar accidentes.
Solo a estos últimos, se les da ciertas libertades en el llamado derecho preferente de paso.
Artículo 146.- Ante la aproximación de un vehículo de emergencia que haga uso de sus señales audibles y visuales, se observarán las siguientes reglas:
1.- El conductor de un vehículo que circule en el mismo sentido, deberá respetar el derecho preferente de paso del vehículo de emergencia, conduciendo el suyo hacia el lado de la calzada que tenga desocupado, lo más cerca posible de la solera o del eje de la calzada, deteniéndose si fuere necesario hasta que haya pasado el de emergencia; y
2.- Los vehículos que lleguen a un cruce al cual se aproxima un vehículo de emergencia, deberán detenerse y respetarle su derecho preferente de paso.
En las condiciones referidas, cuando un vehículo de emergencia se aproxime a un cruce con luz roja del semáforo u otra señal de detención, su conductor deberá reducir la velocidad hasta detenerse si fuere necesario, y cruzar solamente cuando verifique que los demás conductores de vehículos le hayan cedido el paso y que no existan riesgos de accidente.
El conductor de un vehículo de emergencia, cuando concurra a un llamado de urgencia haciendo uso de sus señales audibles y visuales reglamentarias, podrá estacionarse o detenerse en sitios prohibidos.
Artículo 147.- El conductor de un vehículo de emergencia deberá utilizar sus señales audibles y visibles sólo en los casos de llamadas de urgencia o alarma y guiará con todo cuidado y velará por la seguridad de los peatones y vehículos que estén usando la vía, debiendo respetar todas las prescripciones de esta ley que rigen el tránsito público, con las excepciones que establece el artículo anterior.
En resumen los vehiculos policiales debiese cumplir la ley mi respuesta es SI Y eso quizas tambien afecta al tema de los polarizados :yaoming: :yaoming: :yaoming:
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Mi nomade venía con vidrios polarizados traseros y luneta trasera de fabrica, luego yo le puse láminas de seguridad transparente ojala no me webeen diciendo que el polarizado lo puse yo.
Enviado desde mi SM-G928G mediante Tapatalk
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Mi nomade venía con vidrios polarizados traseros y luneta trasera de fabrica, luego yo le puse láminas de seguridad transparente ojala no me webeen diciendo que el polarizado lo puse yo.
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Seguro que de fabrica? Me huele mas a que las instalaron en derco antes te vendertela.
No conosco un nomade que traiga vidrios tinteados oscuros de fabrica.
Prueba pasando la uña en el borde de los vidrios cuando esten abiertos, si notas que hay algo pegado por dentro es polarizado aftermarket.
Saludos!
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Ojo no es tan descabellada del todo, es mas para argumentar te cito el reglamento general de carabineros; pero específicamente en la ultima actualizacion del 2009
http://www.carabineros.cl/transparencia/transparencia2009/_20Reglamento.pdf (http://www.carabineros.cl/transparencia/transparencia2009/_20Reglamento.pdf)
CAPÍTULO II
NORMAS GENERALES SOBRE EL USO DE LOS VEHÍCULOS
4.- NORMAS DE CONDUCCIÓN.
a. El manejo de los vehículos de Carabineros quedará sujeto a las normas de conducción, derecho a vía, velocidades y otras que establece la Ley de Tránsito Nº 18.290 de 1984.
b. Ante una emergencia, los conductores quedan facultados para hacer uso de los medios audibles y visibles del vehículo, previa ponderación de la urgencia en el procedimiento, que será hecha por el superior que dio la orden, por el Jefe de Patrulla, previo análisis de la situación, o en su defecto, por la Central de Comunicaciones donde hubiere.
c. Queda estrictamente prohibido hacer uso de estos medios en otras circunstancias, debiendo en todo caso, respetarse todas las normas relativas a la conducción que establece el Título IX, artículo 146 de la Ley de Tránsito Nº 18.290 de 1984.
La letra a deja mas que claro lo que menciono. Ojo que los vehículos policiales no son especiales y tambien deben ceñirse a la ley del transito y si hilamos mas fino tambien los afecta el tema de los polarizados (a un amigo usando esta artimaña le logramos sacar un parte ante el juez, llevandole fotos de patrullas de OS-10 con vidrios oscurecidos)
Y para reafirmar lo que menciono el art 1 de la ley de transito menciona que....
Artículo 1°.- A la presente ley quedarán sujetas todas las personas que como peatones, pasajeros o conductores de cualquiera clase de vehículos, usen o transiten por los caminos, calles y demás vías públicas, rurales o urbanas, caminos vecinales o particulares destinados al uso público, de todo el territorio de la República.
Asimismo, se aplicarán estas normas, en lo que fueren compatibles, en aparcamientos y edificios de estacionamientos y demás lugares de acceso público.
Carabineros usan la licencia F y para obtenerla la misma ley menciona que es el director de transito, el autorizado a otorgar este tipo de licencias.
Y en cuanto a la velocidad ni carabineros, Bomberos, PDI, etc pueden exceder de la velocidad establecida dentro de la misma ley.
TITULO XII
DE LA VELOCIDAD
Artículo 148.- Ninguna persona podrá conducir un vehículo a una velocidad mayor de la que sea razonable y prudente, bajo las condiciones existentes, debiendo considerar los riesgos y peligros presentes y los posibles.
En todo caso, la velocidad debe ser tal, que permita controlar el vehículo cuando sea necesario, para evitar accidentes.
Solo a estos últimos, se les da ciertas libertades en el llamado derecho preferente de paso.
Artículo 146.- Ante la aproximación de un vehículo de emergencia que haga uso de sus señales audibles y visuales, se observarán las siguientes reglas:
1.- El conductor de un vehículo que circule en el mismo sentido, deberá respetar el derecho preferente de paso del vehículo de emergencia, conduciendo el suyo hacia el lado de la calzada que tenga desocupado, lo más cerca posible de la solera o del eje de la calzada, deteniéndose si fuere necesario hasta que haya pasado el de emergencia; y
2.- Los vehículos que lleguen a un cruce al cual se aproxima un vehículo de emergencia, deberán detenerse y respetarle su derecho preferente de paso.
En las condiciones referidas, cuando un vehículo de emergencia se aproxime a un cruce con luz roja del semáforo u otra señal de detención, su conductor deberá reducir la velocidad hasta detenerse si fuere necesario, y cruzar solamente cuando verifique que los demás conductores de vehículos le hayan cedido el paso y que no existan riesgos de accidente.
El conductor de un vehículo de emergencia, cuando concurra a un llamado de urgencia haciendo uso de sus señales audibles y visuales reglamentarias, podrá estacionarse o detenerse en sitios prohibidos.
Artículo 147.- El conductor de un vehículo de emergencia deberá utilizar sus señales audibles y visibles sólo en los casos de llamadas de urgencia o alarma y guiará con todo cuidado y velará por la seguridad de los peatones y vehículos que estén usando la vía, debiendo respetar todas las prescripciones de esta ley que rigen el tránsito público, con las excepciones que establece el artículo anterior.
En resumen los vehiculos policiales debiese cumplir la ley mi respuesta es SI Y eso quizas tambien afecta al tema de los polarizados :yaoming: :yaoming: :yaoming:
ah.... si claro, entonces en la revision tecnica van a rechazar los vehiculos de carabineros, sobre todo radiopatrullas y FFEE....
y van a multar a los mowag y los leopard por no tener luces de freno ni señalizadores....
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Seguro que de fabrica? Me huele mas a que las instalaron en derco antes te vendertela.
No conosco un nomade que traiga vidrios tinteados oscuros de fabrica.
Prueba pasando la uña en el borde de los vidrios cuando esten abiertos, si notas que hay algo pegado por dentro es polarizado aftermarket.
Saludos!
Era una versión especial se venía con llantas aro 18 distintas, las barras del techo de otro color y los asientos también con otro color y los vidrios polarizados. Supongo que todo de fabrica no creo que derco haya hecho tantos cambios para venderlo en 300 lukas más.
Como le puse láminas de seguridad yo de forma posterior si lo miro ahora no se si podré distinguir entre el.vidrio original y las láminas que puse yo.
Seguro que de fabrica? Me huele mas a que las instalaron en derco antes te vendertela.
No conosco un nomade que traiga vidrios tinteados oscuros de fabrica.
Prueba pasando la uña en el borde de los vidrios cuando esten abiertos, si notas que hay algo pegado por dentro es polarizado aftermarket.
Saludos!
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Respecto al mismo tema, hice la consulta a una PRT y ésto me respondieron:
De acuerdo al pronunciamiento indicado por la autoridad, todo polarizado o lámina de seguridad debe ser certificado por el representante de la marca en Chile del vehículo.
Hay excepciones para aprobar los que no sean de fábrica. Para esto el polarizado debe ser de color claro (no negro o color espejo) y tener perfecta visibilidad del conductor desde el interior hacia afuera. Estas condiciones además sólo son aceptables para los vidrios laterales y luneta trasera. Tener en cuenta que el polarizado de la luneta trasera no debe interrumpir la perfecta luminosidad de la tercera luz de freno.
Respecto de las láminas de seguridad, la mayoría son de color blanco (transparente), por lo que generalmente lo que hay que tener en cuenta que al momento de colocarlas no tengan deformaciones o globos de aire (sobre todo en parabrisas).
Procure que los polarizados y láminas de seguridad cumplan con las indicaciones antes descritas para que pueda ser aprobado sin problemas.
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ah.... si claro, entonces en la revision tecnica van a rechazar los vehiculos de carabineros, sobre todo radiopatrullas y FFEE....
y van a multar a los mowag y los leopard por no tener luces de freno ni señalizadores....
:mother: :mother: :mother: :mother: :mother: :mother:
La ley en ese sentido, les deja la responsabilidad de mantenimiento a las mismas instituciones y es mas, están dentro de sus reglamentos internos. la manera en la cual se harán estas ultimas (de cargo exclusivo de estas y de acuerdo a los aportes que les otorgan dentro del presupuesto de la nación)
Los vehículos Policiales, (Blanco Verde y Verde Táctico), se encuentran exentos de inscripción en el registro nacional de vehículos motorizados, pago de permiso de circulación y revisión técnica. Sin embargo este tipo de vehículos, es decir policiales, cuentan con seguro obligatorio de accidentes personales. (S.O.A.P.)
DE ACUERDO A LA NORMATIVA LEGAL:
Ley de tránsito:
Artículo 54.- La exigencia de patente única tendrá las siguientes excepciones: 4) Los vehículos pertenecientes a las Fuerzas Armadas y a Carabineros de Chile, debidamente identificados y destinados exclusivamente a uso militar o policial, según el caso.
Dictamen 40238 26.06.2013 de la C.G.R.
El artículo 20, N° 1, del decreto ley N° 3.063, de 1979 -Ley de Rentas Municipales-, disponía, al igual que lo hace en su tenor vigente, contenido en el decreto N° 2.385, de 1996, del Ministerio del Interior -que fijó su texto refundido y sistematizado-, que no requerirán permiso de circulación los vehículos “pertenecientes a las Fuerzas Armadas y de Orden, siempre que sean para uso exclusivo militar o policial”.
Los últimos vehículos aludidos (uso exclusivo militar o policial ), han sido excluidos del régimen general de los vehículos motorizados, en lo relacionado a la exigencia de contar con permiso de circulación, y, por ende, con un certificado de revisión técnica, el que ha sido establecido por la ley como requisito para obtener el mencionado permiso.
Sin perjuicio de lo anterior, y en armonía con los principios consagrados en los artículos 3°, 4° y 5°, inciso primero, de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, debe entenderse, sobre la base de que asiste a las respectivas instituciones el deber de velar por el buen estado de los vehículos de uso exclusivo militar o policial que circulen por vías públicas, que los respectivos estándares técnicos han de ser consistentes con los requeridos en la generalidad de los casos, en resguardo de la seguridad de las personas.
Pero para no desviarnos del tema del topic que son los polarizados, en ese sentido los vehiculos policiales no estan exentos de esta normativa.
Y a su vez estos tambien deben respetar las normas de la la ley.
Un ejemplo
Hola! Nosotros linkeamos los contenidos de tu portal cada vez que publicamos. Devuélvenos la mano :)
Bomberos de San Felipe llegan atrasados a rescate tras recibir insólita multa de Carabineros
Fuente: El Dínamo http://www.eldinamo.cl/nacional/2016/09/13/bomberos-de-san-felipe-llegan-atrasados-a-rescate-tras-recibir-insolita-multa-de-carabineros/ (http://www.eldinamo.cl/nacional/2016/09/13/bomberos-de-san-felipe-llegan-atrasados-a-rescate-tras-recibir-insolita-multa-de-carabineros/)
(http://www.eldinamo.cl/wp-content/uploads/2016/09/parte-574x430.jpg)
http://www.eldinamo.cl/nacional/2016/09/13/bomberos-de-san-felipe-llegan-atrasados-a-rescate-tras-recibir-insolita-multa-de-carabineros/ (http://www.eldinamo.cl/nacional/2016/09/13/bomberos-de-san-felipe-llegan-atrasados-a-rescate-tras-recibir-insolita-multa-de-carabineros/)
Carabineros, se excuso en que los bomberos no hicieron uso de la señal sonora y no respetaron por ende, el derecho preferente de paso (art. 146 que cite mas atras :truestory: :truestory:)
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Hola estimados,
Sólo escribo para comentarles que me fue muy bien con DERCO. Además de que fueron súper amables en todo momento, me dijeron que al ser las láminas un "regalo del concesionario", con mayor razón la responsabilidad era es ellos y que lo verían como garantía.
Me falta sólo coordinar los por menores para la instalación, pero al menos por mi parte tuve un "final feliz" más allá de la pérdida de tiempo y de la pérdida del polarizado en si mismo, que de verdad se extrañará :(
Eso, espero que mi experiencia le sirva a alguien en caso de que le ocurra algo similar.
Saludos y gracias por los comentarios
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si estas presente, seria bueno que vieras si hay alguna técnica para que el pegamento salga con el papel y no se quede en el vidrio, porque es un webeeeeo sacarlo después, y despues nos cuentas :p
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Les pasan un paño con amoniaco
Saca lámina y pegamento de una vez y luego un limpiacristales para el olor
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Les pasan un paño con amoniaco
Saca lámina y pegamento de una vez y luego un limpiacristales para el olor
:thumbsup: buen dato
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Resucito el tema, debido a la publicidad que esta haciendo el ministerio, en post de hacer cumplir y que se elimine el polarizado.
http://www.chilevision.cl/noticias/chvnoticias/nacional/comenzo-prohibicion-de-uso-de-vidrios-polarizados-en-autos/2016-10-08/220041.html (http://www.chilevision.cl/noticias/chvnoticias/nacional/comenzo-prohibicion-de-uso-de-vidrios-polarizados-en-autos/2016-10-08/220041.html)
http://www.t13.cl/videos/nacional/video-vidrios-polarizados-seran-rechazados-revision-tecnica (http://www.t13.cl/videos/nacional/video-vidrios-polarizados-seran-rechazados-revision-tecnica)
http://www.lun.com/Pages/NewsDetail.aspx?dt=2016-10-08&PaginaId=33&bodyid=0 (http://www.lun.com/Pages/NewsDetail.aspx?dt=2016-10-08&PaginaId=33&bodyid=0)
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Yo el día jueves fui a sacar la revisión técnica en la PRT de yumbel VIII región y no me querían pasar por tener laminas blindadas con tinte 50 y 20 atrás de visibilidad laminas 3M de 4 micras, pero al final me dijieron que si la pasarían así que después de chuplicar mi la dieron
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Creo que hubiera sido mejor ejercicio haber comenzado fiscalizando las luces aftermarket, por último el polarizado no repercute sobre 3eros...
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Nada tienen que ver los xenon si se habla de que "en el marco de la agenda antidelinuencia..." Si los políticos hacen tonteras, no empatemos hablando cosas fuera del foco.
A un vecino de donde vivo, le hicieron sacar solo los Polarizados de piloto y copiloto, a otro, los 5...
De verdad creen que los delincuentes les importa que no los vean?? En serio creen estos pelotudos que con esta medida van a disminuir la delincuencia???
Sacos de hueas pa grandes no mas....
Es tan absurdo como la restricción a autos por año....
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De verdad creen que los delincuentes les importa que no los vean?? En serio creen estos pelotudos que con esta medida van a disminuir la delincuencia???
Sacos de hueas pa grandes no mas....
Es tan absurdo como la restricción a autos por año....
Ese es el punto, que el argumento para variar es hueon, los flaites no están ni ahí que los vean
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Cuantas posibilidades hay de que al sacar el polarizado cague el defroster? Eso me preocupa, me toca rt en Enero y probablemente me rechacen porque tengo laminas tinteadas, suaves pero tinteadas al fin y al cabo
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Además que es demasiado taliban la medida, si la ley dice que tiene que verse a alguien que tenga láminas con tinteado suave igual van a hacer sacárselos... recomiendo Chile!
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Cuantas posibilidades hay de que al sacar el polarizado cague el defroster? Eso me preocupa, me toca rt en Enero y probablemente me rechacen porque tengo laminas tinteadas, suaves pero tinteadas al fin y al cabo
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Pucha, yo saque el polarizado hace poco de atras y el desfroster no le paso NADA, sigue igual de bueno.
Tuve harto cuidado de hacerlo lento, por lo mismo.
Un abrazo!
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Cuantas posibilidades hay de que al sacar el polarizado cague el defroster? Eso me preocupa, me toca rt en Enero y probablemente me rechacen porque tengo laminas tinteadas, suaves pero tinteadas al fin y al cabo
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a mi me toca en noviembre la RT 80 luquitas perdidas !!!!! :okay: :okay:
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Yo acabo de salir de la RT en Puerto Montt y rechazaron 5 autos por polarizado en luneta, incluso un IGNIS que estaba IMPECABLE.
El loco que me acomodo el auto en la entrada me comento que solo estan aceptando polarizados laterales traseros, nada mas.
Saludos chicos!
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Yo acabo de salir de la RT en Puerto Montt y rechazaron 5 autos por polarizado en luneta, incluso un IGNIS que estaba IMPECABLE.
El loco que me acomodo el auto en la entrada me comento que solo estan aceptando polarizados laterales traseros, nada mas.
Saludos chicos!
Entonces debería ser transparente adelante y luneta? laterales traseros no hay problemas?
Por mas que leo no veo un criterio unificado.
Justo iba a ponerle las láminas y esto me frena :'(
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Entonces debería ser transparente adelante y luneta? laterales traseros no hay problemas?
Por mas que leo no veo un criterio unificado.
Justo iba a ponerle las láminas y esto me frena :'(
Imaginate que yo le saque el polarizado delantero y de luneta, pensando que me podrian rechazar ...menos mal lo hice.
Si, como comento mas arriba, POLARIZADO estan dejando solo pasar los vidrios laterales traseros.
Asumo que si pones LAMINA de seguridad, debiera ser transparente.
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que tontera mas estupida, el parabrisas está reglamentado, el resto, salvo la luneta que solo se debe verificar que esté el defroster pero no si funciona no se dice nada más, yo creo que la pasaré a la mala o bien pondré un sistema de cortinas haciendo la misma función que el polarizado
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es "polarizado de fábrica", o vidrios tinteados?
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En mi caso, es aftermarket ...
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A mi me dio cuco que el otro dia un dueño de Swift Sport fue a sacar la revision y se lo rechazaron. El Swift trae laminas UV de fabrica, incluso en el vidrio lo dice, le explicaron a la supervisora que todo era de fabrica e igual lo rechazaron. No se en que termino al final, pero me tinca que hay bien poco criterio al respecto.
Me da miedo cuando me toque con mi auto, tambien trae laminas UV de fabrica.
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un tipo del automovil club dijo en las noticias que todo es cosa de criterio, la ley norma solo el vidrio delantero, las lunetas delanteras que no tengan nada que impida la vision, ( parece que son siegos los de la rt al prohibir laminas transparentes o con algo de tine) y la luneta que solo tenga defroster( no interesa que funcione), hay que estar al tanto de como está la cosa en cada planta, yo creo que aplicaré la tan célebre técnica del cenicero :cumple:
Bueno la cosa es simple, si dos vehiculos con vidrios de color, uno de fábrica y otro instalado acá, por qué uno pasa y el otro no?
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A mi me dio cuco que el otro dia un dueño de Swift Sport fue a sacar la revision y se lo rechazaron. El Swift trae laminas UV de fabrica, incluso en el vidrio lo dice, le explicaron a la supervisora que todo era de fabrica e igual lo rechazaron. No se en que termino al final, pero me tinca que hay bien poco criterio al respecto.
Me da miedo cuando me toque con mi auto, tambien trae laminas UV de fabrica.
ahi esta el problema :trollface:
muerte por ataque de feminazis incoming
son bromas solamente :3
volviendo al tema. El dueño de ese swift como podia acreditar que eran de fabrica?
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ahi esta el problema :trollface:
muerte por ataque de feminazis incoming
son bromas solamente :3
volviendo al tema. El dueño de ese swift como podia acreditar que eran de fabrica?
con el documento de certificación del 3cv supongo o algo de parte de derco que es de fábrica, cosa que podrían hacer con las laminas externas instaladas por ellos y el polarizado :??
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ahi esta el problema :trollface:
muerte por ataque de feminazis incoming
son bromas solamente :3
volviendo al tema. El dueño de ese swift como podia acreditar que eran de fabrica?
Yo le dije que debio mostrarle la ficha del auto, donde aparece el equipamiento que trae segun el distribuidor.
Lo del 3CV tambien es cueca, pero se podra sacar de la pagina eso?... porque por ejemplo mi auto tiene DRL en los neblineros, pero los pacos me podrian partear pensando que son los nebrlineros prendidos (tiene dos ampolletas en el foco), cuando en realidad es la luz automatica de carretera y que esta homologada por el 3CV.
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un tipo del automovil club dijo en las noticias que todo es cosa de criterio, la ley norma solo el vidrio delantero, las lunetas delanteras que no tengan nada que impida la vision, ( parece que son siegos los de la rt al prohibir laminas transparentes o con algo de tine) y la luneta que solo tenga defroster( no interesa que funcione), hay que estar al tanto de como está la cosa en cada planta, yo creo que aplicaré la tan célebre técnica del cenicero :cumple:
Bueno la cosa es simple, si dos vehiculos con vidrios de color, uno de fábrica y otro instalado acá, por qué uno pasa y el otro no?
iluminame por favor xD
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dejar uno o varios billetes para congraciarse con quien realiza la revisión.
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Ojo: ahora lo de la RT y los partes va a ir en serio.
No es nada de agradable comerse una multa.
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Consigan un certificado medico de un dermatólogo que diga que no te puedes exponer al sol cuando se maneja por esos las laminas de tinte jajajaja pueda que sirva en caso de control carabineros, para que aplique criterio
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Ojo: ahora lo de la RT y los partes va a ir en serio.
No es nada de agradable comerse una multa.
yo habitualmente las pagaba, no sabia que se podian comer :poker:
:nothing:
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http://www.lun.com/lunmobileiphone//homeslide.aspx#pagina-1
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