me respondió el correo mi amigo del MTT....
les dejo el link original también, aparacen varios articulos más....
https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=249803para ahorrar entrar al link, acá esta lo que dice....
DISPONE REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS SISTEMAS DE FRENOS, LUCES, SEÑALIZADORES, APARATOS SONOROS, VIDRIOS, DISPOSITIVOS DE EMERGENCIA Y RUEDA DE REPUESTO CON QUE DEBERAN CONTAR LOS VEHICULOS MOTORIZADOS; FIJA CARACTERÍSTICAS A CASCO PARA CICLISTAS Y REGLAMENTA USO DE TELEFONO CELULAR EN VEHICULOS MOTORIZADOS
Núm. 22.- Santiago, 21 de febrero de 2006.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32º número 6º, de la Constitución Política de la República de Chile; la ley Nº 18.059; el artículo 3º de la ley Nº 18.696; la ley Nº 18.290, de Tránsito; la ley Nº 20.068 que modifica la ley Nº 18.290, de Tránsito, y demás normas pertinentes.
Artículo 16º.- Los vidrios de los vehículos livianos, medianos y pesados, definidos en los Decretos Supremos Nºs. 211, de 1991, y 54 y 55, de 1994, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones deberán cumplir con las normas de seguridad que se describen en la Resolución Nº 48, de 2000, del mismo Ministerio. Dicha exigencia será obligatoria para los vehículos cuyo año de fabricación anotado en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación, sea 2007 o posterior. Los vehículos, cualquiera sea el año de fabricación anotado en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación y que de fábrica cuenten con vidrios de seguridad que cumplan con alguna de las normas de la Resolución 48/2000 citada y cuyo texto disponga la posibilidad de usar vidrios oscurecidos, podrán utilizar estos últimos siempre que se trate de vidrios distintos al parabrisas y de los vidrios de las puertas delanteras, cuando se trate de vehículos livianos y medianos, y de los de visión directa del conductor, en el caso de los vehículos pesados.
osea que: para autos y vehículos particulares el parabrisas, vidrios delanteros y luneta NO puede ir polarizado ni oscurecido, solo si el vidrio viene de fábrica con algun grado mas oscuro, pasa.
en vehículos de transporte, polarizados, oscurecidos y similares, están prohibidos en cualquiera de sus vidrios.
y efectivamente el MTT a nivel nacionál, esta enviando Oficios a las PRT, Fiscalizadores y Carabinerospara disminuir el uso de vidrios oscuros, luces que infrinja la ley, escapes libres o similares y todo tipo de accesorio que pueda provocar accidentes.
NO se si acá en esta ciudad hay alguna ordenanza municipal para esto, pero si nos apegamos a la ley, queda a "criterio" del carabinero al ser fiscalizado o de la PRT al ser revisado el vehículo en cuestión.
saludos.