Autor Tema: Legalidad de los neblineros  (Leído 27416 veces)

Desconectado DON QUELO

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Legalidad de los neblineros
« en: Junio 24, 2010, 19:15:11 pm »
Mas alla de si molestan o no, si sirven con o sin neblina, o si es de flaite o no prenderlos

Yo soy uno de los flaites, wns, imbeciles  que andan con ellos prendidos, tengo probado que no molestan debido a su ubicacion en el auto.

La consulta es la siguiente:

Segun el Artículo 68 de la ley del transito

Los vehículos según su tipo o clase deberán estar provistos de los siguientes focos y luces exteriores:

 1.- Vehículos motorizados de cuatro o más ruedas:

a) Parte delantera: dos focos que permitan proyectar las luces bajas y altas, dos luces de estacionamiento, y dos destellantes de viraje, y

b) Parte trasera: dos luces de estacionamiento, dos destellantes de viraje, dos de frenos, dos de retroceso, dos luces rojas fijas y una que ilumine la placa patente;



Como veran el texto resaltado en rojo "podrian" cursar una multa por andar con lo neblineros prendidos (claramente queda a criterio del COP) desde que tengo auto, han tenido neblineros de fabrica y los uso prendidos,  me habrán parado unas 10 veces desde entonces y jamas me han sacado un parte (ni por eso ni por otro motivo, solo controles). Pero si me sacaran un parte por andar con los neblineros... seria tan ilegal el que mi auto tenga 4 luces de frenos (descontando la 3ª luz) en focos diferentes???? por ejemplo



No quiero sermones morales ni nada, ese tema ya lo hemos hablado mucho,  solo quiero saber si seria muy descabellado el alegato con un cop (en caso que me pesque  :D) dando ese argumento?


perdón por la lata xD
« Última modificación: Junio 26, 2010, 11:55:18 am por DON QUELO »
Hemos pronunciado no sé cuántos millones de veces la palabra "libertad", pero no sabemos lo que es, porque no la hemos vivido, y la estamos interpretando como permisividad.

José Saramago

davargas

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Re:Legalidad de los neblineros
« Respuesta #1 en: Junio 24, 2010, 19:58:30 pm »
Please, mover al foro legal... me equivoque y quedó como en 3 foros  :uy:


Mas alla de si molestan o no, si sirven con o sin neblina, o si es de flaite o no prenderlos

Yo soy uno de los flaites, wns, imbeciles  que andan con ellos prendidos, tengo probado que no molestan debido a su ubicacion en el auto.

La consulta es la siguiente:

Segun el Artículo 68 de la ley del transito

Los vehículos según su tipo o clase deberán estar provistos de los siguientes focos y luces exteriores:

 1.- Vehículos motorizados de cuatro o más ruedas:

a) Parte delantera: dos focos que permitan proyectar las luces bajas y altas, dos luces de estacionamiento, y dos destellantes de viraje, y

b) Parte trasera: dos luces de estacionamiento, dos destellantes de viraje, dos de frenos, dos de retroceso, dos luces rojas fijas y una que ilumine la placa patente;



Como veran el texto resaltado en rojo "podrian" cursar una multa por andar con lo neblineros prendidos (claramente queda a criterio del COP) desde que tengo auto, han tenido neblineros de fabrica y los uso prendidos,  me habrán parado unas 10 veces desde entonces y jamas me han sacado un parte (ni por eso ni por otro motivo, solo controles). Pero si me sacaran un parte por andar con los neblineros... seria tan ilegal el que mi auto tenga 4 luces de frenos (descontando la 3ª luz) en focos diferentes???? por ejemplo




No quiero sermones morales ni nada, ese tema ya lo hemos hablado mucho,  solo quiero saber si seria muy descabellado el alegato con un cop (en caso que me pesque  :D) dando ese argumento?


perdón por la lata xD


el argumento sería malo, ya que los neblineros los consideran como que "inducen a error en la conducción"
eso no sucedería con los focos traseros.
En todo caso ese BMW que pusiste, tiene encendidos los neblineros traseros, por eso ves 4 focos.
D.-

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Re:Legalidad de los neblineros
« Respuesta #2 en: Junio 25, 2010, 08:37:41 am »
Esta mal interpretado ese articulo por lo siguiente:
La norma no es "prohibitiva", es una norma "imperativa"
esto quiere decir que manda, ordena, les exije, a los vehiculos tener como MINIMO las luces que señala. Si lo interpretamos como dices tu la mayoria de los vehiculos no cumplirian la norma por contar con DOS luces que iluminen la patente.

Luego tenemos dos cosas interesantes.
Primero la Homologacion, un vehiculo homologado como un Audi que posee neblineros frontales, traseros, luces led de dia, iluminacion led o cualquier nuevo invento del fabricante va a ser homologado por la autoridad, esto es una autorizacion expresa de la autoridad a contar y poder usar luces led de dia y neblineros de fabrica.

Segundo un articulo de la Ley de Transito, que no recuerdo, prohibe las luces que inducen a error, como esto es tan amplio queda a criterio del carabinero. Pero claramente un neblinero usado con NEBLINA es un elemento de seguridad, sobre todo los neblineros traseros, por lo que se podria concluir que si se pueden usar pero solo con neblina y/o baja visibilidad como una lluvia muuy fuerte, pero de esto ultimo tengo mis dudas.

Saludos.

"Sólo escuchen con atención los [sutiles] matices ideológicos en Radio 4, la televisión de la BBC, y el servicio mundial de ésta última [BBC World Service], y se darán cuenta de que el comunismo no es un credo moribundo". -Oleg Antonovich Gordievski

Desconectado DON QUELO

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Re:Legalidad de los neblineros
« Respuesta #3 en: Junio 25, 2010, 10:59:02 am »
Tenemos una ley de transito muy añeja y en el tema de las luces que es muy subjetivo debería estar mas regulado, el problema es que siempre quedara a criterio del fiscalizador ya sea por color, intensidad, posición etc de las luces

por ejemplo no es lo mismo andar en mi auto con los neblineros prendidos (muy a ras de suelo) que andar por ejemplo en una tucson, que los tienen muy arriba en el parachoques y peor aun apuntando hacia adelante
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José Saramago

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Re:Legalidad de los neblineros
« Respuesta #4 en: Junio 25, 2010, 11:10:02 am »
Si pasó la homologación es legal, si es aftermarket aunque sean los originales es ilegal, mientras no se haga una ley mejorada es así.
saludos

Desconectado Comufacho

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Re:Legalidad de los neblineros
« Respuesta #5 en: Junio 25, 2010, 11:43:01 am »
Yo uso los neblineros cuando hay neblina, nada más. Yo se que es dificil evitar la tentación de prenderlos, pero lo hago porque a mi me molestan los  que andan con la tremenda caravana de luces molestando a los demás.

Y mi auto los trae de fábrica, tampoco gastaría en eso, en realidad los encuentro bastante poco útiles, cuando hay neblina espesa no aportan nada.



Desconectado osornino

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Re:Legalidad de los neblineros
« Respuesta #6 en: Junio 25, 2010, 17:54:28 pm »
Estimado primero debemos aclarar una cosa, los focos neblineros efectivamente no pueden andar simpre prendidos, pero estos son los amarillos esos sonlos verdaderos neblineros, los que traen los autos son blancos y esos si pueden andar siempre encendidos ya que no se les llama neblineros, su nombre es aumentadores de luces, es decir, estos estan instalados para que alumbren la zona que los focos mayores no iluminan, como parte baja delantera y las lineas de demarcacion.
Eso yo creo que es lo que tenemos que tener claro, si un carabinero te para y te dice no puede circular con tantas luces encendidas eso es falso, a menos que tus luces adicionales sean amarillas.


Saludos

Mis dos maravillas, BMW 540i 4.4 V8, Silverado 5.3 V8

Desconectado DON QUELO

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Re:Legalidad de los neblineros
« Respuesta #7 en: Junio 25, 2010, 18:16:15 pm »
los amarillos esos sonlos verdaderos neblineros, los que traen los autos son blancos y esos si pueden andar siempre encendidos ya que no se les llama neblineros, su nombre es aumentadores de luces, es decir, estos estan instalados para que alumbren la zona que los focos mayores no iluminan, como parte baja delantera y las lineas de demarcacion.
Eso yo creo que es lo que tenemos que tener claro, si un carabinero te para y te dice no puede circular con tantas luces encendidas eso es falso, a menos que tus luces adicionales sean amarillas.

Saludos

99% de acuerdo

el 1% de discrepancia: los fabricantes les siguen llamando neblineros  >:(
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José Saramago

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Re:Legalidad de los neblineros
« Respuesta #8 en: Junio 25, 2010, 22:54:26 pm »
De hecho los llamados neblineros que traen actualmente los autos, caxo q ni siquiera sirven para ver mejor en condiciones de neblina  ::)
Los míos muchas veces ni me acuerdo q están, de hecho los uso sólo cuando hay lluvia o mala visibilidad.
Saludos.
#misionespejo
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Re:Legalidad de los neblineros
« Respuesta #9 en: Junio 26, 2010, 01:45:41 am »

Mas alla de si molestan o no, si sirven con o sin neblina, o si es de flaite o no prenderlos

Yo soy uno de los flaites, wns, imbeciles  que andan con ellos prendidos, tengo probado que no molestan debido a su ubicacion en el auto.

La consulta es la siguiente:

Segun el Artículo 68 de la ley del transito

Los vehículos según su tipo o clase deberán estar provistos de los siguientes focos y luces exteriores:

 1.- Vehículos motorizados de cuatro o más ruedas:

a) Parte delantera: dos focos que permitan proyectar las luces bajas y altas, dos luces de estacionamiento, y dos destellantes de viraje, y

b) Parte trasera: dos luces de estacionamiento, dos destellantes de viraje, dos de frenos, dos de retroceso, dos luces rojas fijas y una que ilumine la placa patente;



Como veran el texto resaltado en rojo "podrian" cursar una multa por andar con lo neblineros prendidos (claramente queda a criterio del COP) desde que tengo auto, han tenido neblineros de fabrica y los uso prendidos,  me habrán parado unas 10 veces desde entonces y jamas me han sacado un parte (ni por eso ni por otro motivo, solo controles). Pero si me sacaran un parte por andar con los neblineros... seria tan ilegal el que mi auto tenga 4 luces de frenos (descontando la 3ª luz) en focos diferentes???? por ejemplo




No quiero sermones morales ni nada, ese tema ya lo hemos hablado mucho,  solo quiero saber si seria muy descabellado el alegato con un cop (en caso que me pesque  :D) dando ese argumento?


perdón por la lata xD

Raro el tema
De hecho la letra a dice que son dos focos, y, por ejemplo, el BMW trae cuatro focos, 2 bajas y 2 altas, y esta fuera de norma por eso?

Yo insisto que los neblineros de fabrica rara vez molestan, no asi los festivales de luces que tienen algunos....

Por ultimo, porque una luz amarilla seria mejor para la neblina? Hay alguna explicación científica para eso???
Saludos

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Re:Legalidad de los neblineros
« Respuesta #10 en: Junio 26, 2010, 10:29:53 am »
En mi modesta opinión profesional, la ley del tránsito establece estas luminarias como medida de seguridad mínima para el vehículo.

Cualquier medida de seguridad adicional, que beneficie la ubicuidad del vehículo en el camino, el una medida superior al mínimo legal y por ende no procede sancionarla, siempre que no moleste a los demás conductores, lo que como dice Quelo por la posición de los neblineros, es algo que no ocurre.

Cualquier juez debe entenederlo así, de los carabineros, no pidamos tanto.

Saludos

Desconectado jorgen

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Re:Legalidad de los neblineros
« Respuesta #11 en: Junio 26, 2010, 11:39:04 am »
yo casi no uso los neblineros, delanteros y los traseros.
los uso en neblina, lluvia muy fuerte y si alguna vez hay humo en la carretera los usaria (nunca me ha pasado lo del humo)
 los traseros cuando un pastel viene con las luces altas les hago cambio de luces.
el clio trae solo un neblinero trasero, pero tiene las 2 ampolletas asi que le active el otro neblinero.
si no me equivoco la norma europea dice que se puede tener un neblinero al lado izquierdo, uno al medio (los peugeot 206) o 2 uno a cada lado como el bmw de la foto


PEUGEOT 208 ALLURE HDI 2016 -- SUZUKI CELERIO AT 2014 --  FORD RANGER 2.5 1998

Desconectado Alonso_amg

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Re:Legalidad de los neblineros
« Respuesta #12 en: Junio 26, 2010, 23:50:29 pm »
yo casi no uso los neblineros, delanteros y los traseros.
los uso en neblina, lluvia muy fuerte y si alguna vez hay humo en la carretera los usaria (nunca me ha pasado lo del humo)
 los traseros cuando un pastel viene con las luces altas les hago cambio de luces.
el clio trae solo un neblinero trasero, pero tiene las 2 ampolletas asi que le active el otro neblinero.
si no me equivoco la norma europea dice que se puede tener un neblinero al lado izquierdo, uno al medio (los peugeot 206) o 2 uno a cada lado como el bmw de la foto


por mas que lo analizo, no veo en que puede ayudar poner neblineros con lluvia fuerte... al contrario, yo creo que con tanta agua esas luces lo unico que hacen es refractarse para cualquier lado y no ayudar en nada

yo personalmente uso neblineros solo cuando hay mala visibilidad... con niebla, en caminos rurales donde no hay luminaria, o en carretera sin luminaria (por que alumbran hacia abajo y los lados, y sirven para detectar si algun animal corre intempestivamente al camino)

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Desconectado ROMMEL

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Re:Legalidad de los neblineros
« Respuesta #13 en: Junio 27, 2010, 13:40:14 pm »
Hace un año comentamos el tema de los neblineros pero no de su legalidad como en el tema actual.
Este fué mi comentario.

Citar
ROMMEL
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 RE-COMPROBADO Los neblineros NO sirven como tal
« Respuesta #16 : Junio 04, 2009, 22:37:47 » Citar Modificar 

--------------------------------------------------------------------------------
En los tiempos de transportista, en donde los viajes al norte se hacían 2 veces por semana habían noches en las que sencillamente había que manejar con la cabeza fuera de la ventana para guiarse por las bandas blancas centrales ya que hacia adelante no había ni un metro de visibilidad. Tanto mis camiones como mis vehículo personal, siempre contaron con sus buenos neblineros , pero siempre tuve claro que no eran para ver mejor o mas claro ya que la neblina no es penetrable por la luz y por el contrario, tal como lo explicó Quelo, cuando se ponen las luces altas supuestamente para ver mejor, finalmente queda la escoba ya que la neblina es un verdadero espejo de la luz y terminas viendo mucho menos. ¿Por qué los neblineros amarillos (aunque se vean feos) son los que realmente sirven?  porque la luz amarilla resalta entre la neblina blanca para que los vehículos que vienen en contra puedan notar al otro vehículo, los blancos son meros adornos decorativos que solo se mezclan con la luz de los ópticos y que en la neblina no sirven de nada.

La misma explicación va para los neblineros rojos traseros que se caracterizan por tener una intensidad mucho mayor que los focos normales y pueden ser observados con mayor anticipación por el vehiculo posterior.


Ahora, respecto al tema en cuestión la ley deja claro que los neblineros no están dentro de ninguna ley por lo tanto corresponde a un chiche adicional, que puede venir con el auto o se le puede adicionar posteriormente.

Lo de las luces también queda claro porque cuando se habla de dos luces rojas traseras, se entiende que es una a cada lado, pero eso no quiere decir que puedas tener dos más ya que se asume que son dos mínimas e incluso en ese art. 68 tampoco se menciona la tercera luz de freno que es ley hace rato.

Supongo que no tendrían por qué cursar infracción por tener mas luces encendidas de las mencionadas en la ley ya que se asume que lo exigido es un mínimo.

Ahora, en noches sin neblina hay que ver como web.... esos neblineros rojos traseros encendidos, son harto molestos.
No vivas tanto dando explicaciones. Tus amigos no las necesitan, tus enemigos no las creen y los idiotas no las entienden

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Re:Legalidad de los neblineros
« Respuesta #14 en: Junio 28, 2010, 21:19:30 pm »
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Yo soy uno de los flaites, wns, imbeciles 

mmmmmmm..eeee..mmmm.... si, yo estoy de acuerdo contigo   :D


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Re:Legalidad de los neblineros
« Respuesta #15 en: Junio 28, 2010, 21:21:49 pm »
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Yo soy uno de los flaites, wns, imbeciles 

mmmmmmm..eeee..mmmm.... si, yo estoy de acuerdo contigo   :D


:ban:


 ;)
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José Saramago

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Re:Legalidad de los neblineros
« Respuesta #16 en: Junio 28, 2010, 22:47:28 pm »
alonso, quizás donde vives no llueve mucho, pero de verdad si sirven los neblineros traseros cuando la lluvia es muy intensa. Comprobado la semana que recién paso, cuando llovio un poquito por acá en los ángeles.
saludos.

Desconectado jorgen

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Re:Legalidad de los neblineros
« Respuesta #17 en: Junio 29, 2010, 13:32:57 pm »
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por mas que lo analizo, no veo en que puede ayudar poner neblineros con lluvia fuerte... al contrario, yo creo que con tanta agua esas luces lo unico que hacen es refractarse para cualquier lado y no ayudar en nada

me refiero  a los neblineros traseros, esos en lluvia fuerte ayudan a que te vean de lejos.


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Re:Legalidad de los neblineros
« Respuesta #18 en: Junio 29, 2010, 14:41:05 pm »
en realidad los neblineros que vienen en los autos nuevos (digase por ejemplo kia rio, morning, hyundai accent, getz, i10) son blancos y no molestan a los demas, casi son un adorno en el auto. Y tal como dicen por ahi en la practica con neblina no sirven casi de nada

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Re:Legalidad de los neblineros
« Respuesta #19 en: Julio 05, 2011, 19:54:20 pm »
Hola, perdón por revivir un post tan antiguo.

Antes de postear usé el buscador y justo encontré lo que necesitaba.   Por lo que leí, en la ley de transito no está prohibido usarlos, pero al final se mal interpreta por el señor de verde, y partean parece, mi consulta es más que nada por lo mismo, mi 306 trae éstos de fábrica y al usarlos veo mucho más claramente, ahora el uso quería saber si se puede usarlos o no, si es que se puede usar en carretera también, mi auto no le instalé xenon, solo tengo buenas ampolletas, pero para poder ver más claro sería ideal saber si es que se puede o no, para que en caso de que a uno lo paren, uno lepueda decir que en el artículo Nº 68, no especifica la prohibición del uso de ellos, no se que dicen?

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