A ver, hay muchos errores y desinformación al respecto acá.
1.- La ley comenzó a regir en Enero de este año, es decir si el prepago anticipado se realizo después de Enero, es FORUM quien corre con los gastos, eso si, tiene hasta 45 días para realizar el alzamiento.
2.- El que el vehículo tenga algún impedimento para realizar transferencias, es decir "Prendas" o "Prohibiciones de grabar y enajenar", no significa que NO LO PUEDA VENDER, Si puede venderlo, pero no puede transferirlo. Si llegas a alguna acuerdo de palabra (O ante notario) puedes indicar en una declaración jurada que una vez que se realice el alzamiento, tu te comprometes a transferirlo.
Esto ultimo es arriesgado, si, puesto que cualquier drama con el auto seras tu el responsable mientras no lo trasfieran. Ahora si es a un persona de confianza, es otro cuento.
Saludos.