Autor Tema: Alza en Valor de Arriendo  (Leído 26053 veces)

Desconectado ULRICH

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Alza en Valor de Arriendo
« en: Marzo 12, 2014, 09:41:25 am »
Estimados, favor solicito vuestra ayuda con un temita.

Sucede que mi suegra, vive hace muchos años en una casa arrendada, la cual hace un par de año cambio de dueño.

El tema es que el nuevo dueño, le hizo un contrato de arriendo, donde se especificaba que el valor del arriendo podía reajustarse de acuerdo al IPC.

El tema es que hace poco les dio un nuevo valor, pero que excede en un 30% al valor inicial del arriendo, y el IPC acumulado a Dic 2013, es de aprox. un 3 %.

No tengo claro si el dueño calculo como las w.... o efectivamente quiere subirlo de golpe y porrazo.

El tema es,,, donde se puede acudir para denunciar este tipo de hechos, o el arrendatario está en su derecho de subir arbitrariamente el valor del arriendo ???.

Además a este caballero, se le ha pedido en reiteradas ocasiones que repare algunas cañerías que están deterioradas y con filtraciones, a lo cual tampoco ha respondido.

les agradezco vuestra ayuda   :thumbsup:
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Desconectado KBezon

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Re:Alza en Valor de Arriendo
« Respuesta #1 en: Marzo 12, 2014, 09:44:21 am »
calculo mal... el aumento deberia ser cada 6 meses segun IPC.. pero debio calcular mal.. me imagino que sumo ese 3% por cada mes...

a todo esto.. obviamente nada puede ser arbitrariamente..



por las reparaciones menores creo que corren por cuenta del que esta arrendatario (el que vive en la casa)...

yo tengo arrendada una propiedad, y cada arreglo el arrendatario lo repara por su cuenta y despues me descuenta solo los materiales... por suerte son cosas menores y esporadicas, pero considero que lo mejor es llevar el arriendo de buena forma, y tenerlo como "amigo" con las cuentas claras eso si.
« Última modificación: Marzo 12, 2014, 09:46:23 am por KBezon »
NO TENGO FIRMA.

Desconectado ROMMEL

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Re:Alza en Valor de Arriendo
« Respuesta #2 en: Marzo 12, 2014, 09:45:49 am »
El reajuste solo puede determinarse en base a lo establecido en el contrato de arriendo y si este dice que es en base al IPC mensual, semestral o anual así debe ser y no puede imponer ningún otro tipo de modificación arbitrariamente.

Sencillamente se debe calcular el reajuste en base a la fecha de celebración del contrato hasta Marzo del 2014, suponiendo que  hasta la fecha haya pagado lo mismo que lo estipulado originalmente en el contrato.

Las reparaciones internas deben correr por parte de arrendador, (fatiga de materiales, cañerías, etc). Las externas que obviamente serían causadas por mal uso o mal trato de la propiedad causada por el mismo arrendatario, obviamente es este último el que debe reparar.
« Última modificación: Marzo 12, 2014, 09:52:06 am por ROMMEL »
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Desconectado chunchos

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Re:Alza en Valor de Arriendo
« Respuesta #3 en: Marzo 12, 2014, 09:52:32 am »
El contrato debe indicar la duración. Si es indefinido indica generalmente que se prorroga por x período. Así, si quiere reajustar lo puede hacer sólo por IPC cuando indica el contrato. Si tu familiar no acepta el alza sobre el IPC, el arrendador no puede hacer nada, no tiene por qué reclamar ni puede obligar a tu vieja a pagar más... pero puede dar termino al contrato cuando corresponde. Así que ojo con la fecha que toca renovar... si esta lejana cero rollo, pero si esta cercana te van a dar aviso de término de contrato y en ese caso todavía quedan varios meses antes del cese efectivo, mínimo seis meses antes de la entrega.
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Desconectado KBezon

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Re:Alza en Valor de Arriendo
« Respuesta #4 en: Marzo 12, 2014, 09:53:43 am »
30% igual es harto.. yo creo que se quiere pasar de listo no mas...


a todo esto.. lo que es mas cacho es cuando un arrendatario tiene deudas grandes y se arranca y el banco u otra institucion lo demanda y lo quieren embargar...

a mi me paso.. al actual arrendatario le fueron a tazar todas sus pertenencias... ohh... y la terceria sale como 400 lucas...
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Desconectado ULRICH

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Re:Alza en Valor de Arriendo
« Respuesta #5 en: Marzo 12, 2014, 09:55:06 am »
Excelente, gracias Rommel , Chunchos y Don Claudino,

Ahora bien, en caso que este caballero diga que mantiene su postura, cuales son los pasos a seguir, o donde hay que dirigirse para buscar una mediación ??

Sorry, pero soy limitado en estos temas.


Han estado llamando al caballero para arreglar la situación, pero en su casa contestan reiteradamente que no se encuentra. Se le ha llamado varias veces.
« Última modificación: Marzo 12, 2014, 09:57:25 am por ULRICH »
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Desconectado ROMMEL

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Re:Alza en Valor de Arriendo
« Respuesta #6 en: Marzo 12, 2014, 10:01:42 am »
Excelente, gracias Rommel , Chunchos y Don Claudino,

Ahora bien, en caso que este caballero diga que mantiene su postura, cuales son los pasos a seguir, o donde hay que dirigirse para buscar una mediación ??

Sorry, pero soy limitado en estos temas.


Han estado llamando al caballero para arreglar la situación, pero en su casa contestan reiteradamente que no se encuentra. Se le ha llamado varias veces.

¿De que forma le estaba pagando el arriendo?
Si era por mano ¿a quién se lo pagaba?
¿Tiene todos los recibos?
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Re:Alza en Valor de Arriendo
« Respuesta #7 en: Marzo 12, 2014, 10:05:24 am »
Una  duda  al respecto .... ¿existe aún eso de un  mes por año,  como plazo de abandono de la propiedad  cuando le dan el aviso de término de contrato?

Desconectado ULRICH

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Re:Alza en Valor de Arriendo
« Respuesta #8 en: Marzo 12, 2014, 10:18:31 am »
Excelente, gracias Rommel , Chunchos y Don Claudino,

Ahora bien, en caso que este caballero diga que mantiene su postura, cuales son los pasos a seguir, o donde hay que dirigirse para buscar una mediación ??

Sorry, pero soy limitado en estos temas.


Han estado llamando al caballero para arreglar la situación, pero en su casa contestan reiteradamente que no se encuentra. Se le ha llamado varias veces.

¿De que forma le estaba pagando el arriendo?
Si era por mano ¿a quién se lo pagaba?
¿Tiene todos los recibos?

Pago por mano, con entrega de recibo. Están todo archivados. La cobranza la hacía la hija del dueño.

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Conectado Patagonia

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Re:Alza en Valor de Arriendo
« Respuesta #9 en: Marzo 12, 2014, 10:34:31 am »
El contrato debe indicar la duración. Si es indefinido indica generalmente que se prorroga por x período. Así, si quiere reajustar lo puede hacer sólo por IPC cuando indica el contrato. Si tu familiar no acepta el alza sobre el IPC, el arrendador no puede hacer nada, no tiene por qué reclamar ni puede obligar a tu vieja a pagar más... pero puede dar termino al contrato cuando corresponde. Así que ojo con la fecha que toca renovar... si esta lejana cero rollo, pero si esta cercana te van a dar aviso de término de contrato y en ese caso todavía quedan varios meses antes del cese efectivo, mínimo seis meses antes de la entrega.

Guíate por esto.

- reajuste de acuerdo a contrato, nada más (ojo que si no las hicieron puede estar sumando los reajustes pendientes)
- si el dueño quiere otra cosa solo puede solititar el término del contrato de acuerdo a la legislación ( 1 mes de aviso por que lleve arrendando + 1 o 2 meses de acuerdo al tipo de contrato, ojo que si se hizo un contrato nuevo con el cambio de dueño puede que los años acumulados se pierdan, no estoy seguro) También el aviso tiene que ser por carta certificada en la fecha de renovación del contrato, si se le pasó la vieja pasa pal otro año.

Usualmente con el aumento de precios de las propiedades los arrendadores han estado tratando de ajustar los contratos, lo usual es indicar que para el siguiente periódo quieren x más o se pone término al contrato...y ahí es negociación entre las partes...pero siempre tienen que cumplir con lo de arriba respecto de plazos y avisos.


« Última modificación: Marzo 12, 2014, 10:39:23 am por Patagonia »

Desconectado FELHER

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Re:Alza en Valor de Arriendo
« Respuesta #10 en: Marzo 12, 2014, 10:38:55 am »
El contrato debe indicar la duración. Si es indefinido indica generalmente que se prorroga por x período. Así, si quiere reajustar lo puede hacer sólo por IPC cuando indica el contrato. Si tu familiar no acepta el alza sobre el IPC, el arrendador no puede hacer nada, no tiene por qué reclamar ni puede obligar a tu vieja a pagar más... pero puede dar termino al contrato cuando corresponde. Así que ojo con la fecha que toca renovar... si esta lejana cero rollo, pero si esta cercana te van a dar aviso de término de contrato y en ese caso todavía quedan varios meses antes del cese efectivo, mínimo seis meses antes de la entrega.

Guíate por esto.

- reajuste de acuerdo a contrato, nada más (ojo que si no las hicieron puede estar sumando los reajustes pendientes)
- si el dueño quiere otra cosa solo puede solititar el término del contrato de acuerdo a la legislación ( 1 mes de aviso por que lleve arrendando + 1 o 2 meses de acuerdo al tipo de contrato, ojo que si se hizo un contrato nuevo con el cambio de dueño puede que los años acumulados se pierdan, no estoy seguro) También el aviso tiene que ser por carta certificada en la fecha de renovación del contrato, si se le pasó la vieja pasa pal otro año.

Usualmente con el aumento de precios de las propiedades los arrendadores han estado tratando de ajustar los contratos, lo usual es indicar que para el siguiente periódo quieren x más o se pone término al contrato...y ahí es negociación entre las partes...pero siempre tienen que cumplir con lo de arriba respecto de plazos y avisos.



X3.
El asunto es que si el contrato termina pronto, les puede enviar la carta de aviso de "término de contrato" y sacarlos de la casa.

Mientras no termine el contrato, solo puede reajustar por IPC, como te lo explicó Chunchos.

Saludos.


« Última modificación: Marzo 12, 2014, 10:42:53 am por FELHER »

Conectado Patagonia

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Re:Alza en Valor de Arriendo
« Respuesta #11 en: Marzo 12, 2014, 10:40:09 am »
se me apretó el enter y me quotiaste antes de terminar el post  :enojao: :risa2:

Desconectado ROMMEL

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Re:Alza en Valor de Arriendo
« Respuesta #12 en: Marzo 12, 2014, 11:06:05 am »
Excelente, gracias Rommel , Chunchos y Don Claudino,

Ahora bien, en caso que este caballero diga que mantiene su postura, cuales son los pasos a seguir, o donde hay que dirigirse para buscar una mediación ??

Sorry, pero soy limitado en estos temas.


Han estado llamando al caballero para arreglar la situación, pero en su casa contestan reiteradamente que no se encuentra. Se le ha llamado varias veces.

¿De que forma le estaba pagando el arriendo?
Si era por mano ¿a quién se lo pagaba?
¿Tiene todos los recibos?

Pago por mano, con entrega de recibo. Están todo archivados. La cobranza la hacía la hija del dueño.

¿Y la hija no ha aparecido a cobrar? ¿Cuando tenía que pagar?
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Re:Alza en Valor de Arriendo
« Respuesta #13 en: Marzo 12, 2014, 11:20:35 am »


¿Y la hija no ha aparecido a cobrar? ¿Cuando tenía que pagar?

Si, apareció pero con el nuevo valor, asi que quedaron de conversarlo, no le han pagado aun.

Ahora me viene la duda, si el contrato dice que se renueva cada un año de forma automática, y estamos en el mes 3, para sacarlos de la casa igual puede hacerlo ahora cierto ??? o debe esperar a que termine el presente año ??.

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Desconectado ROMMEL

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Re:Alza en Valor de Arriendo
« Respuesta #14 en: Marzo 12, 2014, 11:22:38 am »


¿Y la hija no ha aparecido a cobrar? ¿Cuando tenía que pagar?

Si, apareció pero con el nuevo valor, asi que quedaron de conversarlo, no le han pagado aun.

Ahora me viene la duda, si el contrato dice que se renueva cada un año de forma automática, y estamos en el mes 3, para sacarlos de la casa igual puede hacerlo ahora cierto ??? o debe esperar a que termine el presente año ??.

¿Ya han pasado tres meses de la última renovación? ¿Cuál es la fecha del contrato?
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Re:Alza en Valor de Arriendo
« Respuesta #15 en: Marzo 12, 2014, 11:23:36 am »


¿Y la hija no ha aparecido a cobrar? ¿Cuando tenía que pagar?

Si, apareció pero con el nuevo valor, asi que quedaron de conversarlo, no le han pagado aun.

Ahora me viene la duda, si el contrato dice que se renueva cada un año de forma automática, y estamos en el mes 3, para sacarlos de la casa igual puede hacerlo ahora cierto ??? o debe esperar a que termine el presente año ??.

Depende de si existe alguna clausula en el contrato de Aviso de finalizacion de contrato anticipada... con los avisos correspondientes...
Como consejo.. si ya estas con problemas.. mejor buscar otro lugar....

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Re:Alza en Valor de Arriendo
« Respuesta #16 en: Marzo 12, 2014, 11:25:05 am »
Que pague igual el valor que corresponde según contrato, independiente que no esté de acuerdo después ven diferencias...sino va a aparecer en mora y eso de derecho a término de contrato.

Qué dice el contrato respecto del aviso para término de contrato, cuando, 15 días antes de la fecha renovación, 30? etc. Si no mandaron la carta fregaron hasta el siguiente periódo.  Respecto del plazo para dejar el dpto deberían ser por el tipo de contrato 2 meses + 1 mes por año que lleve el contrato...revísalo bien de todas formas me puedo haber pifiado en el primer mes.


Desconectado ULRICH

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Re:Alza en Valor de Arriendo
« Respuesta #17 en: Marzo 12, 2014, 11:26:53 am »
Sobre el contrato, la verdad hablo por lo que recuerdo, y creo que se inició hace aprox 2 años atrás. Antes de eso, era otro arrendatario.

Voy a pedirle copia del contrato a mi suegra para analizarlo bien.  :thumbsup:
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Re:Alza en Valor de Arriendo
« Respuesta #18 en: Marzo 12, 2014, 11:27:19 am »


¿Y la hija no ha aparecido a cobrar? ¿Cuando tenía que pagar?

Si, apareció pero con el nuevo valor, asi que quedaron de conversarlo, no le han pagado aun.

Ahora me viene la duda, si el contrato dice que se renueva cada un año de forma automática, y estamos en el mes 3, para sacarlos de la casa igual puede hacerlo ahora cierto ??? o debe esperar a que termine el presente año ??.

Depende de si existe alguna clausula en el contrato de Aviso de finalizacion de contrato anticipada... con los avisos correspondientes...
Como consejo.. si ya estas con problemas.. mejor buscar otro lugar....

El plazo de aviso me parece (no estoy seguro) que se puede estipular en el contrato, el plazo para dejar el dpto  está normado legalmente independiente de lo que diga el contrato...

Desconectado ROMMEL

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Re:Alza en Valor de Arriendo
« Respuesta #19 en: Marzo 12, 2014, 11:33:27 am »
Por eso pregunto si esos tres meses que menciona, es porque ya han pasado tres meses de la fecha o faltan tres meses para que se cumpla la fecha.

Si ya pasaron entonces el arrendador está cagado porque debió haber avisado con tres meses de anticipación (no estoy seguro) el aviso de término de contrato para que en ese momento se negocie un nuevo valor, pero si es de renovación automática y ya se le pasó la fecha, no puede hacer nada hasta el próximo vencimiento y debe respetar las clausulas originales del contrato, salvo que el arrendatario incurra en faltas estipuladas en el mismo que el arrendador pueda utilizar para poner término en forma anticipada.
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