Respecto a que si el otro pudiera hacer algo en contra de la empresa por no haber echado al boxeador, pues nada. Solo podría ejercer denuncia por agresión directamente al otro púgil.
pero por las lesiones ???
Toda persona es responsable no sólo
de sus propias acciones, sino del hecho de aquellos
que estuvieren a su cuidado.Así el padre, y a falta de éste la madre, es
responsable del hecho de los hijos menores que
habiten en la misma casa.
Así el tutor o curador es responsable de la
conducta del pupilo que vive bajo su dependencia y
cuidado.
Así los jefes de colegios y escuelas responden
del hecho de los discípulos, mientras están bajo su
cuidado;
y los artesanos y empresarios del hecho de
sus aprendices o dependientes, en el mismo caso.Pero cesará la obligación de esas personas si con
la autoridad y el cuidado que su respectiva calidad
les confiere y prescribe, no hubieren podido impedir
el hecho.
civilmente digo yo.. obvio...
que lindo tema