Si segun PR aplica adosamiento, de acuerdo a la OGUC este no debe superar el 40% del largo total del medianero. La unica posibilidad de adosarse mas es con la autorizacion escrita del vecino, el cual se presenta junto a la carpeta de proyecto de ampliacion para la obtencion del permiso de construccion por parte de la DOM luego de ser analizado por un revisor. Me imagino esto no ocurrio en este caso y toda la ampliacion debe ser irregular. El adosamiento significa si o si la implementacion de un muro cortafuego el cual debe superar al menos 50cms la altura de la cubierta, por lo que queda implicito que esta no puede desaguar hacia el vecino pues el cortafuego es mas alto.
Recomiendo aplicar denuncia, lo cual debiera llevar a modificar la ampliacion y si no autorizas el aumento del adosamiento (en el caso que supere el 40% de la longitud del medianero) se vera obligada a demoler. La denuncia se hace a la DOM de la comuna y si esta no se manifiesta en los plazos legales, se informa a la SEREMI del MINVU.
Por esto, la recomendacion es que para toda ampliacion consultar y/o contratar arquitectos. Por ejemplo, si alguien hace una ampliacion por su cuenta, que hace para cumplir el articulo 4.1.10?