Comuna??
Lo primero es saber la comuna y buscar el plano regulador, que es de dominio público, asi que debiera estar en la web o directamente en la DOM (dirección de obras municipales), por ejemplo, Ñuñoa lo tiene en la web
http://www.nunoa.cl/obras/plano/Ahi debe salir los sectores en los que se puede edificar en altura, técnicamente desde 3 pisos, ya que la OGUC no es tan clara en eso:
Las construcciones de uno o dos pisos siempre podrán contemplar
mansarda de hasta un piso de altura, en tanto no superen el coeficiente de constructibilidad,
las rasantes, ni la altura máxima en metros que el Plan Regulador Comunal o Seccional hubiere
establecido. y en cuales no, y las condiciones, en caso de que se pueda, para obtener el permiso de edificación (PE) correspondiente.
Ahora, la verdad, no creo que lo hagan demoler, a menos que tenga implicancias en la salud de alguno de sus familiares o algo asi más heavy, pero por "vista"...difícil. Lo que si, si no tienen permiso, le ponen una buena multa y detienen la obra hasta que tenga el PE.
Lo que si afecta es la privacidad, por lo que podrían exigir que el muro divisorio sea más alto, obviamente a costo del vecino de tu amigo, pero ahi perderían aún más vista y luz.
Lamentablemente la ordenanza tiene varios vacíos, y éste es uno importante, sumado a que después se acogen a la famosa "Ley del mono" y regularizan la situación, a menos, que en ese punto en particular, el Plano regulador municipal sea más estricto y prevalezca por sobre la OGUC, onda
"entre las calles tanto y tanto, se contemplan sólo viviendas de 1 piso por X motivo...", por eso es importante saber la comuna.