La póliza de seguro indica en uno de sus puntos (hay q leer lo q uno compra de vez en cuando

) indica claramente que la Aseguradora indemnizará los daños de un tercero inocente bajo sentencia ejecutoriada, es decir, la condición de un tercero inocente la debe dictaminar un juez. Pero la Aseguradora a su sola opción puede llegar a un avenimiento antes de esa instancia.
Y es ahí donde cada Aseguradora tiene su modalidad de llegar a un acuerdo extrajudicial con los terceros inocentes; 75% de la pérdida ajustada, 100% de la pérdida ajustada, reparación en un taller multimarca o regulador por los daños del tercero, etc etc etc.
Si no se está de acuerdo con la opción que ellos manejen, simplemente te dicen: entonces demande, gane el juicio y le pagamos ... de aquí a .... un año mas??
Así funciona el tema, las Aseguradoras aprovechan la lentitud del sistema judicial, pero al menos hay opción que te respondan. Cuando uno es inocente después q te choca alguien sin seguro, puedes hasta ganar la demanda pero el culpable te puede responder de 10 lucas mensuales.
Saludos.